domingo, 15 de marzo de 2009

ESQUEMA INICIAL

INDIVIDUO DE CONDUCTA DESVIADA.
Aquellos que se niegan a vivir según las reglas que aceptamos la mayoría.
Las reglas, están influidas por las clases y por el poder; hay que ver cuales aceptamos y cuales no.


DESVIACIÓN:
Falta de conformidad con normas dadas. Hay dos formas de desviación, individual y grupal.


NORMAS Y SANCIONES:
Reacción hacia el comportamiento de un individuo para garantizar que una determinada norma se cumpla.
Sanciones: pueden ser formales, informales, positivas y negativas.


TEORIAS:
Biológicas:
*Identificación de delincuentes por la forma del cráneo.
*Carácter hereditario.
*Estructura física: (musculosas y activos, “delincuentes”), (delgados) y (gruesos).


PSICOLÓGICO:
Delincuencia: clase de personalidad.
Rasgos, no delincuentes Psicópatas (delincuentes).
Las teorías psicológicas no decisivas pueden se en individuos y grupos.


SOCIOLOGICA:
Un delito depende de las instituciones sociales de una sociedad.
Subculturas:
*Respeta las normas en un grupo.
*En otro grupo las está imponiendo.


EDWIN H. SUTHERLAND:
Crimen (Asociación diferencial).
Sociedad:
*Primera clase.
*Segunda clase, delincuentes porque se juntan con delincuentes, bandas juveniles por ( falta de oportunidad con los medios que hay).

Cinco reacciones para tensión entre valores-medios.
Conformistas.
Innovadores.
Rituales.
Retiradas.
Rebeldes.
Teoría de desviación: consecuencias de no igualdad económica.
Anomia (individuos expuestos a tensión cuando las normas entran en conflicto con la realidad.


DURKHEIM:
Teoría de desviación.
Anomia (no hay normas que quien el comportamiento de un grupo social los individuos sufren ansiedad y se ven enfrentados al suicidio.


TEORÍA DEL ETIQUETAJE:
Enfoque para comprender la delincuencia. Se basa en que ningún acto es delictivo intrínsecamente.
Desviación --- interacción entre no desviados y desviados.
Las etiquetas supone estigma criminal que las condiciona a la desviación.
Las etiquetas las ponen: Fuerzas Ley, Estatus social y mayorías étnicas.
Tipos de desviación:
*Primaria- primer acto de transgresión.
*Secundaria- acepta su etiqueta y se considera un desviado.


EDWIN LEMERT:
Criticas a la teoría del etiquetaje; la teoría fomenta la desviación porque:
*Aumenta la interacción con otros delincuentes.
*Saber de mas oportunidades para delinquir.


CLONCLUSIONES TEÓRICAS.
Aportación de las teorías sociológicas:
*Conductas delictivas---Comportamiento respetable.
*El contexto es inportante---aprendizaje----entorno.


DELITO Y ESTADISTICAS:
Solo incluye los delitos registrados por la policía.
Menos denunciados:
*Violación.
*Robo.
*Agresión grave.
Razones:
*Se considera poco importante.
*No ha habido pérdida.
*La policía no ha podido hacer nada.
*Las victimas se ocuparon de ello.
*La policía no era apropiada.
*A la policía no le hubiera interesado.
*Se denunció a las autoridades.
*Denunciarlo era una molestia.
*Temor a represalias.
*Temor/aversión a la policía
*Otros
Los delitos se han incrementado (9 por cada 100 personas).
Correlación--- criminalidad---paro masculino.


TEORIA CRIMINOLOGA
*Los medios crean una alarma social innecesaria.
*Algunos son una forma disfrazada de proteste.
*En la ciudad se crean subculturas que no procede de la pobreza sino de la falta de integración.



HOMICIDIO. (estadísticas mas concretas).
Para que una muerte se clasifique como homicidio:
*Encontrar un cadáver.
*Circunstancias “no naturales”
*Pero después puede ser, (culpable de homicidio sin premeditación) o (asesinato)
*Muchos delitos tienen carácter rutinarios de delitos violentos.
*En el contexto de las relaciones familiares.
*Crímenes bajo la influencia del alcohol que de narcóticos.
*Muchos crímenes son propicios por la victima haciendo el primer gesto de amenaza.
“Forma de castigo: cárcel”.
Diferentes formas de registrar (o no registrar) un homicidio en las estadísticas de delincuencia.
*Clasificación inicial de la muerte como homicidio:
Si: La muerte sigue considerándose homicidio.

No: Clasificación posterior de la muerte como homicidio.

* La muerte sigue considerándose homicidio:
Si: Asesino acusado.

No: Muerte “no incluida” en las estadísticas oficiales.

*Clasificación posterior de la muerte como homicidio:

Si: asesino acusado.

No: La muerte no figura en las estadísticas criminales oficiales.

*Asesino acusado:

Si: veredicto asesinato.

No: No inclusión en las estadísticas criminales.

*Veredicto asesinato:

Si: Inclusión en las estadísticas criminales como asesinato.

No: Veredicto: homicidio con responsabilidad disminuida.

* Veredicto: homicidio con responsabilidad disminuida:

Si: Inclusión en las estadísticas criminales como homicidio en segundo grado.

No: Veredicto: homicidio.

*Veredicto homicidio:

Si: Inclusión en las estadísticas criminales como otros homicidios.

No: ------------------------------



LA PENA DE MUERTE:
Polémica:
*Es bárbaro ejecutar a alguien por un delito.
*Es imposible corregir injusticias.
Opinión pública:
*Las cárceles sirven para castigar al delincuente y para persuadir a los demás que no lo hagan.
Métodos:
*Silla eléctrica: se utiliza en 12 estados de los EE.UU.
Se ata al prisionero en una silla y se le introducen electrodos de 15000 y 2000 voltios.
Aunque los Estados Unidos mantienen la pena de muerte, las tasas de homicidios en ese pais son las más altas del mundo industrializado
*Cámara de gas: se utiliza en 5 estados de los EE.UU.
Se introduce una bola de cianuro en un contenedor ácido, que se sitúa debajo de la silla, la victima, que muere entre convulsiones producidas por el gas letal que, llena la cámara.
*Inyección letal: se utiliza en 32 estados de los EE.UU.
Se inyectan sustancias químicas mortíferas o anestesian antes al condenado relajante muscular que hace que los pulmones dejen de funcionar, y una sustancia que hace lo mismo con el corazón.
*Ahorcamiento: se utiliza en Irán, Irak, Afganistán, Japón y 4 estados de los EE.UU.
Se abre una trampilla y el peso del cuerpo disloca las vértebras superiores del cuello. La espina dorsal se separa de la cabeza y el corazón se detiene.
*Lapidación: se utiliza en Irán.
El público se dispone a lanzar piedras al condenado, sin elegir piezas demasiado pequeñas (no servirían) o demasiado grandes (podrían matar a la primera)
*Pelotón de fusilamiento: se utiliza en Indonesia, Irán, Irak y 2 estados de los EE.UU.
Se ata al condenado encapuchado a una silla, con Diana sujeta al pecho. Cinco tiradores disparan y uno de ellos lo hace con balas de fogueo.
*Decapitación: se utiliza en Arabia Saudita.
Se separa la cabeza del cuerpo con una espada. El filo debe cortar la médula espinal, a veces se necesita más de un corte.


GÉNERO Y VIOLENCIA:
Tasas femeninas muy bajas 3% de la población.
Los estudios criminólogos no prestan atención a la mujer, aunque según la teoría de Merton debería ser mas frecuente puesto que tiene menos oportunidades de progresar.
*Delitos femeninos más frecuentes:
1.- Hurto (robos en comercios).
2.- Alteración del orden público.
*Causas:
1.-Puede que las tasas seas mas bajas porque puede que se consideran a las mujeres delincuentes menos peligrosas y pasan por alto delitos por los que a los hombres los inculparía.
2.- Las mujeres que quebrantan la ley consiguen no tener que presentarse ante los tribunales porque pueden convencer a la policía de que vean sus acciones desde un punto de vista distinto.


*Diferencias biológicas:
diferencias de fuerza – tabú de chica atractiva, pasividad, preocupación, reproducción...


BANDAS CALLEJERAS FEMENINO:
*Edades entre 15 y 30 años.
*% mas elevado en los años 90.
*Aunque pelean en las bandas mixtas conservan los roles, de amas de casa.
*Para unirse al grupo:
1.-Tienen que demostrar sus habilidades en la pelea.
2.-Pasar un periodo de prueba.
3.- Conseguir el destino de la banda.


DELITOS CONTRA LA MUJER:
*Violencia domestica:
Hasta el S.XIX no existían leyes que prohibieran al hombre abusar físicamente de su mujer siempre que no le produjeran heridas graves.
A las mujeres le resulta difícil acudir a la ley por la política de “NO INTERVENCIÓN” de la policía.
*Acoso sexual:
Definición: empleo de la autoridad o el poder en el ámbito laboral para exigir que se acepten proposiciones sexuales.
Porcentaje: 7 de cada de 10 persones sufren acoso.
*Violación:
El numero de violaciones es cinco veces mayor que el que se da en las cifras de las estadísticas, porque, la mayoría de las mujeres no denuncian:
Quieren quitarse el incidente de la cabeza.
No quiere pasar por un proceso largo (18 meses aproximadamente).
El juicio es intimidatorio porque es público y la victima se enfrenta cara a cara con el acusado.
Es difícil demostrar la penetración y la identidad del violador.
Hay que demostrar que la mujer no dio su consentimiento, pues no se reconoce este derecho en estadio superiores de la actividad sexual.
Se interroga a la mujer sobre la historia de sus anteriores relaciones sexuales, mientras que al hombre no se le interroga, y otras condenas anteriores no son tenidas en cuenta.
La mayoría de las violaciones no son espontaneas, ni el resultado de un deseo sexual si no, el vinculo entre sexualidad y sentimientos, poder y superioridad.
En la actualidad la violación no es un delito sexual, sino un tipo de violencia criminal.
*Actuación de la mujer:
Las que nunca han sido violadas sufren la ansiedad provocada por la intimidación de las que si lo han sido y necesitan ser más precavidas.
Unas asociación femenina publica esta lista que apoya que la violación es un delito que influye en el comportamiento de la mujer:
1.-Proteja su hogar, cerraduras, ventanas y puertas deben funcionar correctamente. Si se cambia de piso, cambie las cerraduras.
2.-Si vive sola, deje las luces encendidas para darla impresión de que hay más de un ocupante.
Aparente que hay un hombre en la casa cuando abra la puerta (diga en voz alta: !yo abro,
Bob!).
No ponga su nombre de pila en la puerta, emplee las iniciales.
3.-Muéstrese distante con los desconocidos y nunca les abra la puerta. Pida siempre que se identifique.
4.-Si vive en un bloque de viviendas, no entre o se detenga en el portal, si no hay nadie más.
5.- Si recibe una llamada de teléfono obscena no diga nada; cuelgue inmediatamente y llame a la policía.
6.-Evite andar sola por la calle de noche, si fuera necesario, lleve un arma “practica”, como un cigarrillo encendido, una horquilla, un bolígrafo, un tenedor o un silbato (nunca atado al cuello, sino en un llavero).
7.-No haga auto-stop, si fuera necesario, vaya en grupo.
8.-Si conduce un coche:
Asegúrese de que el depósito no éste nunca por debajo de un cuarto de capacidad.
Cierre siempre con llave el coche.
Mire en el asiento de atrás y en el suelo antes de entrar en el coche.
Si tiene alguna avería, no acepte la ayuda de un hombre, levante el capó y aguarde a que llegue la policía.
9.-No se vaya sola con un hombre de un bar, sobre todo si usted ha bebido o ha tomado drogas.
10.-no vaya sola con un hombre en un ascensor. Bájese inmediatamente o quédese junto al cuadro de mandos.
11.-Cuando tenga una cita, haga saber sus limites en la actividad sexual.
12.-si va a cuidar niños, debe comprobar la reputación de la familia antes de aceptar el trabajo.
13.-Si le atacan, no grite”!que me violan!”, grite”!fuego!”.



DELITOS DE CUELLO BLANCO:
Definición:delitos que cometen los que pertenecen a los sectores mas acomodados de la sociedad.
Ejemplos: fraudes fiscales, practicas ilegales de venta, seguros y fraudes mobiliarios, desfalcos, contaminación ambiental.
No hay que confundirlos con los delitos que cometen los poderosos.
Las autoridades tratan este tipo de delitos con mas indulgencia aunque afectan a mayor numero de personas.


CRIMENES DE ESTADOS:
Se producen cuando pasan por alto las leyes cuya autoridad se suponen deben defender.
Han cometido algunos de los delito mas despreciables dela historia: destrucción de pueblo, bombardeos masivos, campos de concentración....
*Policía: también se incluirá en actividades delictivas, es unas característica común del trabajo.
Ejemplos: intimidación, golpear o matar a un sospechoso, aceptar sobornos, quedarse con dinero cuando se incauta de un crimen.....


EL CRIMEN ORGANIADO:
Definición: estructuras delictivas estables que están conectadas entre si, realizan actividades que tiene muchos rasgos de los negocios convencionales pero que se basan en transacciones ilegales.


Ejemplos: juego ilegal, prostitución, robo a gran escala.....
*Agentes principales:
1.- Triadas: gángsteres chinos que proceden de Hong-Kong. Ganan dinero con el tráfico de drogas, la prostitución, fraudes con tarjetas de crédito, extorsión, juego ilegal e inmigración, falsificación, pirateo y blanqueo de dinero.
2.- Yardies: traficantes de drogas que tiene conexiones con el Caribe, de carácter violento y asesinos. Comercio de armas y la protección mafiosa.
3.- Bandas familiares tradicionales: grupos de delincuentes de clase obrera que operan en un área determinada, controlando el tráfico de dogas a través de empresa delictivas con escasa estructura financiera, pubs y clubs. Carecen de la ambición necesarios para extenderse más allá de una ciudad.
Otros grupos:
4.-Terroristas: a pesar de la tregua actual, siguen obteniendo fondos de atracos a mano armada, extorsiones, contrabando, juego ilegal....
5.-Cárteles Colombianos: dedicados casia exclusivamente al tráfico de drogas y blanqueo de dinero.


DELITO DESVIACIÓN ORDEN SOCIAL.
No siempre son negativas:
Los seres humanos tienen valores y preocupaciones distintas debe encontrar un espacio para los individuos o grupos cuyas actividades no se adapten a las reglas que sirve la mayoría, aportarse de las normas dominantes de una sociedad exige valentía y decisión pero no resulta crucial para asegurar procesos de cambios.

ESTRUCTURA DEL TRABAJO

DESVIACION Y DELITO:
Estructuración del trabajo:
Para realizar este trabajo , los puntos que hemos seguido han sido los siguientes:



  1. Hemos leído el capitulo correspondiente del libro Sociología del autor Anthony Guiddes y lo hemos utilizado como guía para realizar nuestro propio trabajo, leyendo , resumiendo y esquematizado el capitulo hemos construido nuestro propio resumen de el.

  2. Con el resumen ya realizado , hemos escogido los puntos mas interesantes a nuestro parecer para tratarlos en mas profundidad.

  3. Hemos buscado información acerca de aquellos puntos mas relativos y hemos echo un estudio exhaustivo sobre ellos.

  4. Por ultimo , hemos escogido la forma de presentación en clase , con murales , fotografiás , datos … y abriremos un debate para averiguar la opinión de nuestros compañeros con respecto a estos temas tan controvertidos.

  5. Hay que nombrar también , que hemos establecido un símil real en cada uno de los puntos, concretamente , a Santiago del valle , el presunto asesino de Mariluz, para que de una forma practica , se comprendan los conceptos adquiridos.

CONDUCTA DESVIADA

¿QUE ES?


La vida social humana está gobernada por normas o reglas. Nuestras actividades desembocarían en un caos si no nos atuviésemos a reglas que definen ciertos tipos de comportamientos como apropiados en determinados contextos, y otros como inapropiados, por ejemplo, la conducción en una autopista sería un caos si no se respetaran las normas de tráfico, no todo el mundo se ajusta a las expectativas sociales de cumplimiento de las normas, poniendo incluso en peligro las vidas de los demás, por tanto, las personas, en ocasiones, se desvían de las reglas que se suponen deben respetar. El estudio de la desviación es una compleja área de análisis porque existen tantos tipos de violación de las reglas como normas y valores sociales. Considerando que las normas varían de una cultura a otra, así como entre las diferentes subculturas de una misma sociedad, lo que se considera normal en un contexto dado se concibe como desviado en otro. Fumar marihuana es una desviación en la cultura británica, mientras que beber alcohol no lo es, al contrario justo que en las sociedades de Oriente Próximo.
Por tanto, se entiende por desviación la no conformidad a una norma o a una serie de normas dadas que son aceptadas por un número significativo de personas de una comunidad o sociedad. Todos transgredimos en alguna circunstancia normas de comportamiento generalmente aceptadas. Se diferencia del delito en que este consiste en la transgresión de las leyes.
La desviación no solo se refiere al comportamiento individual (multimillonarios excéntricos con un comportamiento aceptado por la sociedad y que a su vez esconden que son asesinos -caso Bundy-), sino también a las actividades en grupos, por ejemplo las sectas del Hare Krishna, que son un grupo que dirigían un mensaje particularmente a los jóvenes drogadictos proclamando que uno podía estar todo el día colgado y descubrir el éxtasis interno.

Por tanto,la desviación es lo que la gente entiende o define como tal a la vista de que alguien está violando o transgrediendo una norma cultural. Las normas guían prácticamente todo el rango de actividades humanas, de manera que el concepto de desviación cubre un espectro igualmente amplio. Por su parte, el control social es una forma de presión social, informal y difusa, que tiene como objetivo evitar la conducta desviada, aquí interviene lo que se denomina el sistema jurídico y penal, que es el conjunto de instituciones policiales y judiciales y penitenciarias que se pone en funcionamiento cuando se produce una violación de la ley. Se puede observar desde tres perspectivas:

· Análisis funcionalista: En todas las sociedades existen formas de desviación, aunque lo que se define como tal varía de sociedad a sociedad. La desviación y la respuesta social que provoca contribuyen a consolidar el sustrato moral de la sociedad. La desviación puede también conducir al cambio social.
· Análisis interaccionista: No existe ningún comportamiento o actitud que sea desviado por definición. La desviación siempre viene definida por la reacción de los demás, y esas reacciones varían mucho de unas sociedades a otras. La etiqueta o estigma que se imputa al que presenta una conducta desviada puede empujar a la reiteración de este tipo de conducta.
· Análisis del conflicto: Las leyes y las normas sociales reflejan los intereses de las clases mas favorecidas de la sociedad. Por lo general, son personas que amenazan el orden social las que suelen ser clasificadas como desviadas. La probabilidad de que se considere como delitos los daños que los mas privilegiados producen es menor que si el daño es ocasionado .


¿Porque existe?
Hay tres razones para explicar la desviación:
Lo que se entiende como conducta desviada varía según cuáles sean las normas sociales de la sociedad en la que vivimos. Esto es, la desviación se define en relación a algo que tomar como parámetro, y este algo son pautas culturales especificas que son distintas en sociedades distintas.
Solo cuando los demás la definen así, la conducta de uno es una conducta desviada. Todos nosotros nos saltamos muchas normas culturales con regularidad, en ocasiones hasta el punto de quebrantar la ley. El que terminemos catalogados como unos locos o unos ladrones no depende de nosotros, sino de cómo otras personas entienden y definen esas conductas.
La capacidad de elaborar reglas, así como de quebrantarlas, no está igualmente distribuida entre la población: Para Marx, la ley es poco menos que una estrategia con la que los poderosos protegen sus intereses. Los ejemplos son infinitos, un vagabundo que se ponga en una esquina a criticar al ayuntamiento, puede ser arrestado por escándalo público, pero un político que haga lo mismo, seguro que no.
Ademas , hay numerosos criminalistas que han realizado distintas teorías acerca de la conducta desviada , vamos a ver ahora, las mas importantes, con los autores que la realizaron:

Teorías a cerca de la desviación.

Emile Durkheim: las funciones de la desviación: Durkheim, llegó a la conclusión de que no existe nada anormal en la desviación. La desviación cumple cuatro funciones esenciales en la sociedad.:

Contribuye a consolidar los valores y normas culturales: La cultura implica un consenso
acerca de lo que está bien y lo que está mal, a menos que queramos que nuestras vidas se disuelvan en el caos, tenemos que respetar este consenso. Esto es, existe el bien porque está en oposición al mal, solo existe el bien porque existe el mal. Del mismo modo que no puede existir justicia sin delito. Por tanto, la desviación es indispensable en el proceso de generación de las normas morales.
· La respuesta a la desviación contribuye a clarificar las barreras morales. La definición de algunos individuos calificados como desviados, ayuda a la gente a trazar una línea entre lo que está bien y lo que está mal.
· La respuesta a la desviación fomenta la unidad social: La reacción de los individuos frente a la casos extremos fomenta un sentido de solidaridad colectivo frente al ultraje, cuando esto ocurre, se consolidan los lazos morales que unen a la comunidad (manifestaciones contra el asesinato de Miguel Ángel Blanco).
· La desviación fomenta el cambio social: los actos que transgreden las normas sociales invitan a reflexionar sobre la naturaleza de esas normas y sobre la conveniencia de seguir manteniéndolas. Las conductas desviadas nos presentas alternativas al orden vigente que pueden empujar en la dirección de un cambio de la normas. Lo que hoy es una conducta desviada, mañana puede no serlo (la cultura del rock and roll era hace cuarenta años una amenaza contra las buenas costumbres, hoy ya no lo es).


Teoría de Merton: Según Merton, los periodos recurrentes de desviación se deben a coyunturas sociales específicas. En particular el grado y el carácter de la desviación dependen del grado en que los miembros de una sociedad pueden lograr los objetivos culturales y vigentes en esa sociedad (como el éxito económico, por ejemplo), a través de mecanismos institucionalizados (los que ofrecen las políticas de igualdad de oportunidades). Según Merton, existe conformidad cuando se busca satisfacer unas metas u objetivos lícitos a través de mecanismos que también son legítimos y están aceptados socialmente.
Richard Cloward y Lloyd Ohlin ampliaron la teoría de Merton en su investigación sobre la delincuencia juvenil, estos se basan en que la conducta delictiva no depende solo de la escasez de oportunidades lícitas o legítimas, sino también de la “oferta de oportunidades ilegítimas”. Caso de Al Capone, este no dispone de oportunidades lícitas y termina creando un imperio aprovechando la oportunidad que le brinda la demanda de alcohol durante los años de la ley seca (oferta de oportunidad ilegítima). Hay también ocasiones en las que no solo no hay oportunidades lícitas, sino que también escasean las ilícitas (caso de las barriadas marginales o de experiencias personales extremas). En estos casos la delincuencia se manifiesta en forma de subcultura del conflicto, donde la frustración desemboca en episodios de violencia, o abandonándose los individuos al consumo de alcohol o drogas.
Albert Cohen afirma que la incidencia de conductas delictivas es mayor entre los jóvenes de las clases mas desfavorecidas porque son ellos los que tienen menos oportunidades de alcanzar el éxito a través de mecanismos convencionales.
Walter Miller también piensa que las culturas de la desviación tienen mas posibilidades de desarrollarse en jóvenes de clase baja, al tener menos oportunidades para satisfacer sus aspiraciones. Su teoría es igual a la de Merton.

Se merece mencion aparate , la teoria mas estudiada y difundida de nuestro siglo , la teoria del etiquetaje , que es , probablamente , la que mas se acerque a la realidad de los individuos desviados ,y a ciencia cierta , la mas criticada:


· Teoría del etiquetaje
Uno de los enfoques más importantes para comprender la delincuencia ha reci­bido el nombre de teoría del etiquetaje -aunque este término es un rótulo para un conjunto de ideas relacionadas entre sí, más que un enfoque unificado. Los teóricos del etiquetaje interpretan la desviación no como una serie de características de in­dividuos o grupos, sino como un proceso de interacción entre los desviados y los no desviados. Desde esta perspectiva, hay que saber por qué a algunos se les cuelga la etiqueta de desviados para poder comprender la naturaleza de la desviación. Los que representan a las fuerzas de la ley y el orden o, lo que es lo mismo, los que pueden imponer definiciones de la moralidad convencional a otros, constituyen la principal fuente de etiquetaje.
Las etiquetas utilizadas para crear categorías de des­viación expresan, por tanto, la estructura de poder de la sociedad. Por lo general, las reglas en cuyos términos se define la desviación y los contextos en los que se aplican están diseñados por los ricos para los pobres, por los hombres para las mujeres, por los mayores para los jóvenes y por las mayorías étnicas para las mi­norías. Por ejemplo, muchos niños realizan actividades como saltar a los jardines ajenos, romper ventanas, robar fruta o hacer novillos. En los barrios acomodados, los padres, los profesores y la policía pueden considerar esto como un aspecto ino­cente del proceso de crecimiento. Por el contrario, en las áreas pobres puede con­siderarse como evidencia de las tendencias a la delincuencia juvenil.
Una vez que un niño es etiquetado como delincuente, él o ella está estigmatizado como criminal y es probable que se le considere (y sea tratado como) indigno de confianza por los profesores y sus futuros jefes. El individuo reincide entonces en su conducta delictiva, ensanchando así la distancia con respecto a las convenciones sociales ortodoxas. Edwin Lemer (1972) llama al acto inicial de transgresión des­viación primaria, esto es; muchos episodios de transgresión (por ejemplo el abuso de alcohol etc..)apenas provocan reacción por parte de los demás y tampoco afectan negativamente en la concepción que si mismo tiene el que ha cometido esa transgresión. Pero que ocurre si otras personas toman nota de los actos del transgresor y empiezan a actuar en consecuencia? Por ejemplo, se empieza a clasificar al que se ha sorprendido bebiendo como borracho y se le excluye de los círculos sociales habituales, puede ocurrir que esa persona, para evitar la censura de los demás, busque la compañía de otras personas que no sean tan severas con la costumbre de beber. De este modo, la respuesta del individuo que ha cometido una transgresión puede dar lugar a una desviación secundaria, esto es, buscando la compañía de los que no censuran sus actos, e insistiendo en esas pautas de conducta, uno puede terminar adquiriendo la identidad social que en un principio de le dio (o sea, puede terminar siendo un marginal, pues no hace falta mas que ver con qué gente se junta)
La desviación, secundaria se produce cuando un individuo llega a aceptar la etiqueta que se le ha colgado y se considera a sí mismo un desviado.
Pensemos, por ejemplo, en un chico qué destroza un escapare una noche que ha salido con sus amigos. El acto tal vez sea definido como el resultado de una conducta eufórica excesiva, una característica excusable en un joven. El joven podrá marcharse después de recibir una reprimenda y una pequeña multa. Si tiene unos antecedentes «respetables» éste es el resultado más probable. El destrozo de un escaparate permanece al nivel de desviación primaria si se considera que es una persona con «buen carácter» que actuó en esta ocasión con demasiado alboroto. Si, por el contrario, la policía y el tribunal tienen una reacción más punitiva, como pronunciar una sentencia de suspensión y hacer que el muchacho se presente ante un trabajador social, entonces el incidente podría convertirse en el primer paso de un proceso de desviación secundaria. El proceso de «aprender a ser desviado» suele verse acentuado por la propia organización que supuestamente se encarga de corre­gir la conducta desviada: reformatorios, cárceles e internados.
La teoría del etiquetaje es importante porque parte del presupuesto de que ningún acto es intrínsecamente delictivo. Las definiciones de criminalidad las instituyen los poderosos mediante la
formulación de leyes y de sus interpretaciones por la policía, los tribunales y las instituciones correctoras. Los críticos de la teoría del etiquetaje han argumentado que existe de-hecho, un cierto número de actos total y absolutamente prohibidos en todas, o prácticamente todas, las culturas, como el asesinato. En tiempos de guerra, matar al enemigo está indudablemente' aceptado, y hasta hace poco tiempo las leyes británicas no consideraban violación que un marido forzase sexualmente a su esposa.
Se puede criticar la teoría del etiquetaje de un modo más convincente desde tres posturas:
Primero: al enfatizar el proceso activo del etiquetaje, los procesos que conducen a los actos concebidos como desviados se pasan por alto (Fine, 1977). El etiquetaje es claramente un acto no del todo arbitrario: las diferencias en la socia­lización, las actitudes y las oportunidades influyen en el grado de implicación de las personas en un comportamiento particularmente susceptible de ser etiquetado como desviado.
Segundo: No está claro que el etiquetaje tenga realmente el efecto de fomentar la conducta desviada. El comportamiento delictivo tiende a aumentar la condena futura, pero ¿es el resultado del etiquetaje? Es muy difícil juzgar, ya que otros muchos factores como la creciente interacción con otros delincuentes o la aparición de nuevas oportunidades para delinquir pueden estar relacionadas.
Tercero: Se debería investigar el desarrollo global de los modernos sistemas legales, judiciales y policiales si pretendemos entender por qué se aplican distintos tipos de etiquetas. Como destacamos antes, tienen que existir una dimensión histórica en toda concepción de la desviación.



¿Que marca la diferencia?


Si la conducta desviada es toda aquella conducta que infringe reglas sociales, serán las reglas sociales las que crean las desviaciones como una contrapartida negativa. Esas reglas son elaboradas por grupos sociales que al imponerlas, originan por definición la desviación y las diferentes propensiones a la desviación en los diferentes grupos.Si esto es así, la conducta desviada abarca un campo muy amplio, porque constantemente se producen conductas infractoras de normas y el deslinde entre "normalidad y desviación" es difícil. El campo de las infracciones mínimas es ilimitado, por consiguiente el problema es sabes ¿Cómo acotar el campo de la desviación significativa?
Un primer intento de delimitación lo hace Cohen, efectuando una distinción entre infractor y desviado.El infractor sería el que comete el acto desviado aislado, en cambio el desviado es el quien tiene hábito por la desviación. Es decir, el desviado se ha hecho a lo largo de un proceso, carácter, un rol y un calificativo publico, se crea una imagen, mientras que el infractor no.
Por otra parte la definición de conducta desviada como de conducta desviada como infracción de normas, implicaría que el "conflicto social" y el "conflicto político quedarían absorbidos dentro del estudio de la desviación. Para evitar impresiones y ambigüedades, Merton establece una distinción entre: conducta aberrante, conducta conformista y conducta rebelde. La distinción se basa en que la infracción a la regla, vaya acompañada de una denegación de legitimidad, validez y autoridad respectivamente, y con una pretensión de cambiar dicha regla.
Esta distinción que hace Merton es útil también para ver la diferencia entre: conflicto social y desviación social. Esta diferenciación se podrá sustentar sobre las siguientes bases:

El conflicto social, derivaría de una respuesta no conformista o rebelde, respecto de las normas. Es decir, no solo consistiría en una infracción a las normas, sino además en la pretensión de cambiarlas. Pero además habría que añadir una nota de orden político, o sea, que sea guiado por cierta "concepción ideológica"
Así, con estas diferencias, basadas en un elemento positivo (querer cambiar las normas) y en un elemento político (el impulso de cierta concepción ideológica), se pondría deslindar los dos campos y evitar la identificación del "conflicto social" con "desviación social".



¿Con qué no hay que confundir "conducta desviada"?

1- con patología social: la patología social incluye aquellas situaciones que son consideradas como un "deficiente" funcionamiento de algunas partes del sistema social en cuya prevención trabaja el estado, y cuyos actores son o bien objeto de una especial atención pública que tiende a sacarlos de tal situación, o bien son objeto de sanciones.

2- Con marginación social: (o marginalidad). La marginación social puede concebirse como la exclusión de ciertos individuos o grupos, respecto ciertos ámbitos de interacción. Consiste en el desempeño de roles devaluados, y puede ser el resultado de situaciones de pobreza, o de conductas (delincuencia) que infringen las reglas. La marginación es algo que está incluido dentro del campo de la patología social.

3- Con el estigma: el estigma sería la señal de la marginación, "la marca" que identificaría públicamente al individuo o al grupo devaluado. Es la manifestación de una sanción social implícita de la segregación. El concepto de "marginacion2 es mas amplio que el de estigma, porque en el primero caben conductas de auto-exclusión, mientras que en el segundo solo cabe la hetero-exclusión.
La desviación social nace de toda infracción de conducta. Dá pues origen a la atribución de un estigma y a la marginación social. Sien embargo, el concepto de estigma es mas amplio que el de desviación social, a no ser que se considere que la desviación puede tener lugar no solo respecto de normas reguladoras de la conducta, sino también respecto de normas que "regulan la identidad"". En cuyo caso, las deficiencias físicas, la pobreza, etc. que son situaciones originadas de estigma, serian así mismo formas de desviación social pasiva (o "situaciones desviadas2), mientras que la violencia, la delincuencia, serían formas de desviación social activa ( o "conductas desviadas"). Todas ellas constituirán roles devaluados, pero los primeros serian roles adscritos y los segundos roles adquiridos.
Por todo esto, la conducta desviada es un concepto relativo, por lo cual siempre hay que considerar cada sociedad desde sus propias características (etnocentrismo). De allí tomamos como punto de partida el concepto de "integración cultural". La cultura es un elemento que permite que las partes se integren como un todo. Ese todo puede luego catalogar una conducta como "normal" o como "desviada".Para identificar una conducta desviada, debe tomarse como punto de partida la norma, y además tener en cuenta que se está frente a un concepto relativo.


VIOLACIÓN

¿QUE ES ?


Se entiende el delito de forzar a tener relaciones sexuales con otra persona sin su consentimiento empleando violencia en la acción, o amenaza de usarla.
Muchos juristas consideran la violación como uno de los delitos más graves, sólo por detrás del asesinato o la mutilación, porque el asesinato, en todos los casos, y la mutilación, en muchos, son irrecuperables, y la violación es muy difícil de recuperar psicológicamente, pero no se considera forzosamente imposible en todos los casos. Cuando se considera que la recuperación psicológica es muy difícil o prácticamente imposible, como cuando sucede en la infancia de la víctima, se juzga que el delito es más grave.
Por ser considerado como uno de los peores delitos, no es raro que la pena sea la misma o muy semejante a la del homicidio.
De acuerdo con la mayoría de los estimativos, el 80 al 90% de las violaciones no son denunciadas a la policía. Las tendencias actuales proyectan que 1 de cada 3 mujeres estadounidenses será agredida sexualmente en algún momento de su vida.
La víctima típica de la violación es una mujer de 16 a 24 años de edad; sin embargo, cualquiera, hombre o mujer, adulto o niño, puede ser víctima de una violación. Con más frecuencia, el violador es un hombre de 25 a 44 años de edad que premedita su ataque. Por lo general, selecciona una mujer de la misma raza y casi en la mitad de las ocasiones la víctima conoce al violador, al menos casualmente, por trabajar o vivir cerca de él. El alcohol está implicado en más de 1 de cada 3 violaciones.
La violación en una cita ocurre cuando alguien obliga a otra persona con la que tiene un encuentro o con la que pasa el tiempo a tener sexo.
Más del 50% de las violaciones sucede en la casa de la víctima cuando el violador irrumpe o logra entrar con falsos pretextos, como pedir el teléfono o haciéndose pasar por el encargado del mantenimiento o un vendedor.

La violación es un acto violento y con mayor frecuencia lo comete un hombre sobre una mujer, aunque se han denunciado algunos casos en los que una mujer ha violado a un hombre. La violación también puede ocurrir entre miembros del mismo sexo, lo cual es más frecuente en lugares donde hay acceso limitado a personas del sexo opuesto (como prisiones, instalaciones militares y escuelas no mixtas).
La violación es un acto de violencia expresado a través del sexo, pero en su mayoría no es acerca del sexo.
Se cree que aquellas personas que enfrentan alguna forma de discriminación están en mayor riesgo de ataques sexuales. Por ejemplo, las personas con discapacidad o limitación del lenguaje tienen menos capacidad de solicitar ayuda; las prostitutas o los prisioneros convictos tienen menos credibilidad.


PROCESO PARA RECONOCER UNA VIOLACIÓN


En la actualidad, las denuncias avanzan gracias a la lucidez de las víctimas, muchas de las cuales recurren a las comisarías y testimonian lo ocurrido más allá del temor que aún conduce a desconfiar de los uniformados que habrán de recibirla. Sin embargo, algunas modalidades han comenzado a cambiar en ese territorio, merced al sostenido esfuerzo de los profesionales que asumen la necesidad de un cambio imprescindible acerca de lo que significa violar y cuál es el trato que una víctima necesita. Cambio que es preciso instalar en diversas áreas, aun en las impensadas.
Para ilustrar estas áreas en las que la modificación de los pensamientos es tardía recuerdo la respuesta que dio un juez penal ante mi reclamo: "Si lomando a la cárcel lo primero que hacen sus compañeros es violarlo, porque ésa es la ley de los pabellones: violar al violador, porque se lo considera un delincuente de segunda clase. Como yo sé qué le va a suceder...".
Conmovedora preocupación de Su Señoría apuntando a la integridad sexual del violador. Interés patriótico por la defensa de los derechos del victimario.
Esta argumentación persiste enmascarada en otros procedimientos que en oportunidades demoran judicialmente el éxito de la denuncia.
Por ejemplo, para disminuir la responsabilidad del violador: "La chica, ¿era virgen o ya había tenido experiencias sexuales?", como si la diferencia aminorase el abuso de poder que toda violación define.
No alcanza con denunciar, es preciso mantener la denuncia contra todo procedimiento que, en busca de equidad jurídica, conduzca a silenciar o postergar la investigación del episodio. Si no se procede de este modo, los violadores -que como sabemos suelen ser reincidentes- comprobarán la eficacia de su impunidad, máxime en un país donde todavía se discute si el denominado "sexo oral" -cuyo correcto nombre latino es fellatio, felación- constituye violación.
Considerar que felación obligada no es violación implica una notoria ideologización de las funciones corporales. La omisión de la boca como zona erógena temprana, descripta por las corrientes psicoanalíticas y culturalmente asumida como tal, es un conocimiento que no forma parte del diseño de la violación como ataque a la integridad sexual del sujeto.
Se supone que sólo ano y vagina -asociados con las prácticas sexuales- constituyen orificios que pueden ser violentados por la imposición del avance peneano. Se ignora aquello que se entiende actualmente por sexualidad y por sexo, instancias que ya no se definen exclusivamente por su soporte corporal. Aun si pensáramos según los orificios del cuerpo como sustento anatómico, la penetración del pene en la boca de la víctima bajo amenaza de muerte o de golpes, nos pondría frente a una evidencia insoslayable al comparar orificios violentados; evidencia que surge al reconocer que la boca es la zona de emisión de las palabras, es decir, el ámbito del lenguaje vocal, el orificio que, compartido con las especies animales, se diferencia de ellas merced a su función parlante. A la que recurrimos cuando se trata de simbolizar mediante el lenguaje, o sea, cuando somos menos animales.
La felación constituye una violencia sexual proporcionada por quien es físicamente más fuerte o está armado o dispone de un poder inapelable, y viola la identidad humana de la víctima, viola un segmento fundamental en el proceso de humanización, aquel que constituye el recinto de las palabras.
Si a dicha violencia extrema se añade la emisión espermática del delincuente -culminación parcial de su ejercicio de poder- la mucosa de la cavidad bucal de la víctima se impregna con un contenido inundante que garantiza la condición de violada, dado que la fellatio, en el canon de la violación, incluye ese final y no sólo la intempestiva penetración.
Desconocer el "sexo oral" como paradigma de una violación puede asociarse con quienes buscan, sistemáticamente, la culpa de las víctimas en el delito, cuando ella es una mujer. Se recurre a una negación "eficiente": la mujer pronuncia las palabras mentirosas destinadas a perjudicar a ese hombre. O sea, la boca constituye -en las mujeres- una zona descalificada por definición. Imponerle una fellatio recrea en ella un orificio que debe ser útil para aquello que no sea hablar. Luego, no puede considerarse agravio a la integridad sexual, puesto que en primer término y según algunos criterios jurídicos, la boca no forma parte de "lo sexual" del sujeto y, en segundo término, si se trata de la boca de una mujer no olvidemos que ella, en el Paraíso, la utilizó para comer el fruto prohibido, o sea para pecar.
Si una mujer recurre a la denuncia, como es su derecho y su responsabilidad como ciudadana, exigiéndole al Estado que localice al violador, tendrá que remitirse a una violación prolijamente clasificada en el meridiano corporal que corresponda. De lo contrario, esta mujer violada no habrá padecido violación porque la selección legal de los orificios de su cuerpo solamente legitima dos alternativas.
Toda legitimación conduce a la creación de una norma, tal como Weber lo planteara, si bien corresponde distinguir entre la perspectiva de quien observa -los juristas- y los actores -las víctimas- es decir, entre la creación de normas y la descripción de los hechos, a cargo de las personas violadas.

Cuando nos encontramos ante mecanismos normativos se transparenta el mundo de valores culturalmente reconocidos por parte de quienes legitiman, es decir, desembocan en la redacción de leyes, ajenas a la descripción de quienes han sido vulneradas en su integridad sexual.
Ese mundo de valores legitimados -el privilegiado por la ley que no considera violación a la fellatio- es el que conduce a sospechar de las víctimas, va a limitar la búsqueda de los violadores y a renegar de la integridad sexual que compromete la totalidad del cuerpo del sujeto.
Cualquiera sea la índole de la violación, la consigna es denunciar. Acumulando denuncias y descripciones del delincuente es como se llega a detenerlos, ya que repiten sus procedimientos, habitualmente dentro del mismo barrio. Pero habrá que recordar que si el cuerpo ha sido violado por felación, o sea silenciando el grito, por ahora los violadores no son tales, sino deportistas del abuso.



Exploración médica de la víctima.
Aunque la legislación penal y la jurisprudencia del Tribunal Supremo contemplan la declaración de una mujer violada como prueba de cargo determinante contra el acusado, no es menos cierto el reconocimiento constitucional a la presunción de inocencia de cualquier detenido. Es por ello necesaria la exploración médica de toda mujer violada en una clínica forense; jamás en un centro ginecológico. La denuncia irá acompañada de un retrato robot del sospechoso. Idéntica recomendación se ha de hacer en los casos de niños y hombres violados.
La exploración médica se hará a continuación de la inspección de la ropa y objetos de la víctima. Ni la mujer ni sus pertenencias deben lavarse en tanto y cuanto no hayan sido examinadas.
Signos generales de las lesiones:
1. Desgarros en la vulva, vagina, ano, recto, cuero cabelludo y periné.
2. Hematomas en el pubis, cara interna de los muslos, rostro, abdomen, rodillas y piernas.
3. Excoriaciones y mordeduras en la cara, cuello, tórax, mamas y pezones.
4. Restos de piel, cabello y ropa del violador entre las uñas de la víctima.




Exploraciones médicas según el tipo de violación:


I - Violaciones por la vagina
La exploración o inspección ocular de la víctima de un delito de violación sexual se ha de llevar a cabo en cuatro etapas, cada una de las cuales se corresponde con una posición corporal de aquélla.

a) Posición decúbito supino.
El facultativo inspeccionará el cuerpo de la mujer, tendida sobre una sábana blanca, para descubrir mordeduras, contusiones y otros signos de violencia. Con un cepillo buscará entre el vello pubiano de la denunciante por si encontrara pelos del violador.
b) Posición decúbito prono.
Mientras la mujer permanece boca abajo, el médico recorrerá toda la piel por si hallara cualquier señal.
c) Posición de pie.
También en esta posición, la mujer violada ha de ser examinada con detenimiento.
d) Posición ginecológica.
Con un foco, el médico forense observará la vagina por si hubieran síntomas de inflamación, enrojecimiento o restos sangre. A continuación, palpará externamente los tejidos sexuales de la mujer para comprobar su dolor al tacto. En el caso de hallarse el facultativo ante una desfloración reciente, observará el himen inflamado y enrojecido, parcialmente desgarrado y sin adherencia en los bordes de la pared vaginal.

Inmediatamente después, el médico, con la mano enguantada, tratará de introducir el dedo meñique en la vagina. Seguidamente, con un hisopo de algodón unido a un mango, se recogerá una muestra de las secreciones vaginales para analizarlas en el laboratorio y descubrir restos de espermatozoides y su movilidad, síntoma inequívoco de la hora aproximada de la violación. La segunda muestra de las secreciones vaginales servirán para la investigación del DNA del sospechoso. Es conveniente tomar dos muestras de semen. También es aconsejable realizar un lavado de la cavidad violada (vagina, boca o ano) con 10 mililitros de suero fisiológico esterilizado para garantizar en su grado máximo la recogida de los posibles restos de semen. El tubo donde se conserve la muestra ha de mantenerse entre 4 y 8 grados de temperatura.
Durante siete días, la denunciante será sometida a una prueba del embarazo a partir de las veinticuatro horas de la violación, así como a las pruebas de la hepatitis B y del SIDA.

II - Violaciones por el ano
El examen médico será muy parecido en las tres etapas primeras fases de la violación vaginal. En cuanto a la inspección del esfínter anal, el médico tendrá en cuenta cualquier inflamación, hemorragia o desgarro. Asimismo, intentará medir la dilatación del esfínter, muy dilatado en caso de prácticas homosexuales y poco dilatado en el supuesto de un estreñimiento crónico.
Es importante examinar a este tipo de víctima a través de radios X para descartar la presencia de cualquier cuerpo extraño en el recto.
III - Violaciones por la boca
Es muy difícil de probar, salvo si ocurre la detención inmediata del agresor, a quien, con una lupa y buena luz, el médico forense inspeccionará el pene en busca de restos de carmín o sarro de la mujer violada, así como olor a chicle, pasta dentífrica, desodorante bucal o mordeduras (provocadas por la víctima).



INVESTIGACIÓN DE OTRAS CIRCUNSTANCIAS
I. Examen de la ropa del violador y de la víctima (para buscar huellas de semen, sangre o saliva).

II. Retrato robot del agresor.
Tras comparecer en la clínica forense, la víctima habrá de ayudar al Gabinete de Fotografía del Cuerpo Nacional de Policía o de la Guardia Civil a dibujar el retrato aproximado del sospecho. Son imprescindibles los siguientes datos:
· Talla y peso aproximados.
· Corpulencia.
· Tatuajes y cicatrices.
· Color del cabello, tez y ojos.
· Modo y deje al hablar.
· Forma de gesticular y caminar.
· Clase de personalidad (nervioso, sádico, perturbado).
· Tamaño del pene.
· Aspecto (aseo corporal e indumentaria).

III. Elaboración de hipótesis.
Aunque en la comisión de un delito de violación sexual también puede darse el factor vengativo (ex marido despechado, compañero de celda de un preso, etcétera), generalmente, las hipótesis policiales se orientarán hacia los maníacos fichados como tales, quienes serán sometidos a una rueda de reconocimiento por parte de la víctima, en las condiciones prescritas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
IV. Inspección del escenario y control de sospechosos
Cuando las circunstancias lo permitan, tanto el reconocimiento del escenario de la violación como las pesquisas sobre los sospechosos se llevarán a cabo de forma parecida a la practicada en la investigación de homicidios.


Violadores:
Perfil del violador:
No es fácil encasillar en un esquema a un violador, pero partiendo que es un violador ya se le debe considerar un enfermo mental.
El violador por lo general ha tenido padres o tutores muy opresivos y coartantes en el tema sexual, así mismo el sujeto se ha visto expuesto a enseñanzas que desvirtúan completamente el acto sexual internalizando en su holística a la víctima como un objeto sobre el cual puede descargar sus represiones y liberarse en cierto modo de su Yo reprimido sexualmente. Asimismo el violador tiene dificultades para conquistar por medios habituales a sus víctimas pues les aterroriza el rechazo del sexo opuesto o de su mismo sexo.
Un violador bien puede ser un hombre o mujer normal pero que bajo ciertas condiciones pueden manifestar esta desviación de su conducta cuando ven la oportunidad e indefensión del objeto en que han fijado sus deseos más primitivos.

Caracteristicas de la conducta Delictiva Sexual.
Un delito sexual es un acto que atenta contra las costumbres sexuales de la sociedad en la que el individuo vive, ofende principalmente porque genera ansiedad entre los miembros de esa sociedad.
Diversos autores a lo largo del tiempo, han enumerado los delitos sexuales de acuerdo con las
normas sociales bajo las que se regían; por lo cual, se puede encontrar que en el año 1963, Bromberg enlistara entre estos la actividad homosexual o que en 1973, Karpman describiera a la sodomía como una perversión sexual.
Para comprender la patología, se deben tener algunos datos acerca de la vida del delincuente; su historia muestra desintegración familiar, falta de supervisión y carecía de afecto y cuidados, rodeados durante la infancia de condiciones muy poco favorables. Estas dan lugar a características sádicas y dominantes. Muestran gran inseguridad, lo que hace que su comportamiento sea tímido, retraído, inhibido, esto genera fallas en la comunicación interpersonal y desconfianza.
Su pensamiento es de tipo obsesivo con contenidos sexuales y tiende a ser ilógico ya que tiene una personalidad inmadura y conflictiva. Su afectividad posee un grave trastorno que parte de su conflictiva sexual, es dependiente, de baja autoestima y la angustia que proyecta está manifestada por la necesidad de controlar sus impulsos sexuales y no poder hacerlo. Presenta alteración de la consciencia y niega sus conflictos y comportamiento asociales y agresivos. Por lo general disminuye su culpa atribuyendo el ataque sexual a su víctima. Su atención y percepción están fuertemente influidas por el contenido sexual de su problemática.
Este comportamiento delictivo está asociado a parafilias, las cuales se caracterizan por impulsos sexuales intensos y recurrentes, fantasías o comportamientos que implican objetos, actividades o situaciones poco habituales. Estos trastornos producen malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.
La tipificación de las mismas está determinada por las características del centro de interés parafílico.
Una de ellas es el sadismo sexual, el cual implica actos reales, no simulados, en los que el sufrimiento físico o psicológico (incluyendo la humillación) de la víctima es sexualmente excitante.
Algunos individuos con este trastorno se encuentran alterados por sus fantasías sádicas, las cuales evocan durante la actividad sexual, pero sin llevarlas a cabo; en estos casos las fantasías sádicas consisten normalmente en tener un completo control sobre la víctima, que se encuentra aterrorizada por la anticipación del acto sádico. Otros individuos satisfacen las necesidades sexuales sádicas con una pareja que consiente (que puede ser masoquista sexual) sufrir el dolor o la humillación. Otro tipo de individuos con sadismo sexual llevan a cabo sus necesidades sexuales con víctimas que no consienten. En todos los casos es el sufrimiento de la víctima lo que produce la excitación sexual.
Los psiquiatras suelen considerar que la violación va unida a un trastorno de la personalidad, lo que no quiere decir, en modo alguno, que la persona no sea responsable de sus actos. No es nada frecuente que los psiquiatras declaren a la persona irresponsable.



Tipos de violadores:

· violador por desplazamiento:
Utiliza la agresión sexual contra sus víctimas como manifestación de odio respecto a la madre, a quien no pudo seducir. Tiene dificultad para comunicarse con las mujeres.


· violador por compensación:
Su conducta obedece a una incapacidad para satisfacer la libido por cauces normales. Es débil de carácter, bastante inmaduro, como casi todos los violadores patológicos (no confundir con el violador ocasional por excitación alcohólica o ajuste de cuentas).


· Violador narcisista:
Es presa de una sexopatía de origen mental. Es ególatra, un enamorado de sí mismo. El acto sexual representa la sublimación del YO mientras humilla a la víctima. Es un sujeto frustrado.


· Violador por disfusión:
Se trata de un sádico, cuyo climax aumenta en función del terror provocado. Es un delincuente muy peligroso y un enfermo irrecuperable. En el catálogo de martirios preferidos destacan los navajazos en el bajo vientre, la fractura a puñetazos de la boca, la penetración con un objeto inorgánico, la extirpación de los pezones con tenazas o alicates, la quemadura del órgano genital con ácido. Las películas y narraciones sobre ataques sexuales acrecientan su estímulo erótico, mayor cuanto más crueldad sea escenificada. Un aspecto nunca tenido en cuenta por los responsables del cine y la televisión


· violador impulsivo.
No planifica la violación porque es un sujeto carente de freno emocional. Aprovecha las ocasiones tal como se presentan. Responde al prototipo de "aquí la pillo, aquí la mato". Es un trastornado o un tímido, según sea mayor o menor la intensidad del impulso.


PEDERASTÍA

La pederastia es la práctica sexual entre un adulto y un menor de edad. Mientras que la pederastía en la Antigua Grecia era la relación entre un adolescente y un adulto, en la actualidad la palabra pederastia se emplea para designar el abuso sexual con niños y, por otra parte, al término bíblico sodomía, aunque a veces se extiende el concepto a homosexualidad masculina, según Juan José Ortega Román, tal vez influido por el término francés pédé (homosexual). El término pederasta usado para designar homosexualidad masculina ha sido habitual en español.
No existe el delito de pederastia como tal, sino que se encuentra subsumido en el delito de abuso por falta de consentimiento, en los casos en los que el menor tenga una edad inferior a la edad de consentimiento sexual.



CAUSAS:
No existe una explicación determinante sobre las razones que llevan a una persona a ser un, o convertirse en, pederasta. La creencia generalizada de que el origen se encuentra en traumas o abusos sufridos en la infancia ha sido cuestionada recientemente por un estudio del Centro de Salud Mental de Estados Unidos, según el cual habría que buscar las razones en problemas cerebrales, lo cual, no obstante, y de acuerdo con este mismo estudio, no libra a los pederastas de ser responsables de sus actos.



Pederastia, homosexualidad y pedofilia:


El término «pederastia» se ha visto confundido con otros dos conceptos:
Homosexualidad masculina: Por malinterpretación de los textos clásicos griegos, «pederasta» ha introducido el matiz semántico de la homosexualidad masculina.
Paidofilia o pedofilia: A pesar de que etimológicamente significan lo mismo (ya que ambas se basan en paidós: «niño» o «adolescente»), la pedofilia no se refiere al abuso sexual, sino a la mera tendencia sexual de atracción de un hombre adulto por un menor (en Grecia generalmente un erastés y un erómeno. Al primar en el mundo civilizado un derecho penal de acto, y no un derecho penal de autor, se castiga la pederastia pero no la pedofilia, es decir, el abuso sexual real y no la mera tendencia sexual.



REGULACION JURÍDUCA:
Hoy día las relaciones sexuales consentidas entre un adulto y un muchacho pueden ser legales penalmente en cualquier país donde la edad legal para mantener relaciones sexuales consentidas sea más baja que la mayoría de edad (dieciocho años). Sin embargo, si se carece este consentimiento se comete un abuso sexual punible. Dado que este marco penal castiga la falta de consentimiento en la práctica sexual y además contempla agravantes y circunstancias modificativas específicas en los casos de minoría de edad, resulta innecesario la tipificación de un delito autónomo de pederastia, por lo que en la mayoría de códigos penales actuales no se recoge de forma autónoma aunque, tradicionalmente e históricamente, e incluso hoy por razones de política criminal, se contempla dicha conceptualización.
Puede faltar el consentimiento por tres causas principales: la incapacidad del sujeto pasivo de dar consentimiento válido (en este sentido únicamente cabe contemplar la falta de edad suficiente para otorgar dicho consentimiento), la falta de consentimiento por parte del sujeto pasivo y la emisión de un consentimiento que carezca de validez (generalmente por engaño doloroso suficiente e idóneo).
La mera tendencia sexual (pedofilia), no se encuentra penada en la inmensa mayoría del derecho penal al ser un derecho penal de acto y no un derecho penal de autor. Sin embargo en algunas
conductas determinadas, incluso los Códigos penales occidentales contemplan delitos que castigan la mera tendencia.
Pese a esto algunos periódicos y otros medios hacen un uso erróneo de los términos «acusado de pedofilia» o «pedófilo convicto» en referencia a individuos acusados o convictos por abuso sexual infantil e incluso otros términos como «pedófilo en serie». Sin embargo, pederastia se utiliza de forma preferente en el sentido de delito, y menos frecuentemente como enfermedad; en la prensa se habla de «delitos de pederastia», «condenado a 40 años por pederastia», «acusado de pederastia» y «red de pederastia». Esta preferencia de emplear pedofilia para referirse a la atracción sexual o la enfermedad, puede deberse al hecho de que este término es actualmente el más utilizado en psiquiatría para designar el transtorno mental y, por influencia médica, es la palabra escogida por los periodistas para hablar en términos psiquiátricos.



REGULACION JURÍDICA ESPAÑOLA:
Los delitos relacionados con la pederastia se sancionan con una pena de tres meses a un año de prisión para quien posea vídeos o fotografías pornográficas de niños. En el caso de producir o distribuir este material, la pena es de entre uno y cuatro años de cárcel, que aumentan a ocho si incluye imágenes de menores de 13 años. A diferencia de lo que ocurre con el racismo o el terrorismo, en España no está tipificado el delito de la apología de la pedofilia.
Por otro lado, la reforma del Código Penal en 2008 elevó las penas a los infractores de los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales cuando la víctima sea especialmente vulnerable, tender al cumplimiento efectivo de las penas, introducir medidas más eficaces de seguridad y contemplar de manera más específica en el Registro Central de Penados la información de penas y medidas de seguridad en sentencias firmes y no firmes por esos delitos. A principios de 2009 se creará un registro específico de pederastas.
Extensión del fenómeno:
Según una encuesta elaborada en 2007 por Unicef, uno de cada diez españoles conoce a algún "turista sexual" que ha abusado de menores. Se calcula que entre 30.000 y 35.000 españoles viajan cada año, especialmente a Sudamérica, para mantener relaciones sexuales pagadas con menores.


ACTIVIDAD DELICTIVA ESPAÑOLA:
De 2003 a 2008 han sido detenidas en España más de 1.200 personas por pornografía infantil en internet. Del millar de pederastas que fueron detenidos entre 2005 y 2007, sólo una treintena acabaron en la cárcel. Cada vez son más frecuentes las grandes operaciones contra la pederastia, que abarcan no solo España, sino distintos países. La mayoría de los delitos relacionados con la pornografía infantil que se cometen en España, usan internet: en concreto un 89%.
Las denuncias telefónicas por pederastia y/o abusos a niños se han incrementando a lo largo del siglo XXI, pasando de 500 en 2001 a 28.900 en 2004, año en el que fueron identificadas 1.990 comunidades de pederastas. Según la asociación Acci´n contra la Pornografía Infantil(ACPI), durante 2003 se recibieron denuncias sobre unas 10.000 páginas web sospechosas de incluir pornografía infantil denunciable en cualquier país.

Acciones judiciales, administrativas y penitenciarias
A principios de 2008, el Tribunal Supremo español emitió una sentencia por la que se considera legal que los policías se hagan pasar por pederastas o finjan que son niños en foros de internautas para coger in fraganti a los presuntos delincuentes.
La Generalidad de Cataluñaiene en estudio aplicar la castración química voluntaria a los presos condenados por delitos de agresión sexual, suministrándoles fármacos que, en teoría, inhiben la libido. Uno de los principales problemas de esta medida es que resulta muy difícil comprobar que se mantiene el tratamiento una vez que el sujeto ha salido de la cárcel, además de la posible inconstitucionalidad de la misma.



Acciones judiciales

En España, la principal unidad contra el tráfico de pornografía infantil en internet es la Brigada de Investigación Tecnoógica (BIT) de la Policía Nacional. En 2008 estaba integrada por 40 agentes, de los cuales 12 se dedicaban a investigar los cerca de 30.000 avisos anuales que los internautas hacen llegar por correo electrónico o teléfono. Cada cuatro meses se reúnen con miembros de Europol e Interpol para coordinar acciones y prestan asesoramiento a policías de Latinoamérica.
La Guardia Civil trabaja contra la pederastia en internet, a través, principalmente, del Grupo de Delitos Telemáticos. En febrero de 2008, la Guardia Civil colgó por primera vez en su página web fotos de presuntos pederastas, extraídas de vídeos de contenido pedófilo, y pidió la colaboración ciudadana para proceder a su identificación.



Falta de la edad mínima para otorgar el consentimiento sexual
El elemento principal es el consentimiento, es por ello que se requiere que el adolescente presente una edad mínima exigida por la ley, a fin de poseer el elemento volitivo de que otorgue de validez a la voluntad del consentimiento.
Por ello, de no tener dicha edad mínima se consideraría automática pederastia y sería tratado como delito, que en la mayoría códigos penales no queda contemplado de forma expresa ya que se encuentra subsumido de forma tácita en los delitos de abuso sexual cualificado, agresión sexual cualificada y otros delitos sexuales de carácter heterogéneo como la exhibición obscena ante menores, la facilitación de pornografía a menores o la tenencia y fabricación de pornografía de menores.



EDAD DEL CONSENTIMIENTO ESPAÑOL:

La edad de consentimiento en España es 13, tal y como lo especifica el Código Penal de España, Artículos 181(2) y 183 por lo que a partir de los 13 años se puede tener relaciones sexuales en España.
Sin embargo si se recurre al engaño para obtener el consentimiento de un menor de 16 años, pueden levantarse cargos bajo el Artículo 183(1) si existe una denuncia de los padres (estupro).
Artículo 181(1) - El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.
Artículo 181(2) - A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre menores de trece años, sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare.
Artículo 183(1) - El que, interviniendo engaño, cometiere abuso sexual con persona mayor de trece años y menor de dieciséis, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años, o multa de doce a veinticuatro meses.


Falta de consentimiento o emisión de consentimiento inválido
De tener dicha edad únicamente sería penado si la práctica no fuera consentida o el consentimiento fuera nulo (generalmente por vicio o engaño doloso suficiente e idóneo). Si así fuera, la pederastia comprendería los delitos sexuales tipificados por la ley con las circunstancias modificativas y cualificaciones genéricas y específicas aplicables al caso concreto.



Pederastia e internet

Los pederastas suelen intercambiar información sobre cómo engañar a los padres de un niño, cómo intercambiar pornografía de forma privada y cómo evitar ser descubiertos. Los foros en los que operan son cada vez más cerrados. Los que tienen conocimientos sobre seguridad en internet los comparten con los demás, de modo que cada vez son más difíciles de localizar, si bien los métodos de la policía son, también, cada vez más sofisticados.
Las imágenes que se suelen ven por internet proceden de lo que la Policía llama "intercambio altruista". Normalmente no son colocadas por organizaciones, sino por los propios pederastas, que muchas veces las obtienen de su entorno familiar (hijos, sobrinos, hijos de vecinos...).
Los policías expertos en internet han explicado en reiteradas ocasiones que los pederastas se infiltran a menudo en chats de adolescentes, haciéndose pasar por personas de su misma edad y consiguiendo en algunos casos que lleguen a desnudarse frente a la webcam. También intentan obtener sus teléfonos para tratar de lograr un contacto real. Lo más usual es que el pederasta entre en un chat, se registre con un apodo y abra una sala de usuario en la que, en apenas media hora, puede intercambiar decenas de fotos y vídeos. Luego la sala desaparece.
De acuerdo con diversos informes policiales, los pederastas empiezan con imágenes más suaves y van derivando hacia imágenes cada vez más duras y con víctimas más jóvenes, lo que les lleva a desear un contacto real que, en muchos casos, se acaba satisfaciendo en el denominado "turismo sexual"


Medidas de control de la pederastia por internet
En españa, en febrero de 2005, los compañías distribuidoras de internet se unieron en un proyecto para defender los derechos de los menores en la red, en colaboración con el Defensor del menos de la Comunidad de Madrid, y en varias asociaciones de protección de la infancia. Los proveedores de los servicios y contenidos de internet se comprometieron a retirar las páginas, foros y comunidades virtuales en las que se haga apología de la pedofilia y el delito sexual, o se incite a la anorexia y la bulimia.


ABUSO Y MALTRATO INFANTIL:
El maltrato y abuso infantil es el atropello físico y psicológico de un niño por parte de un adulto. También es llamado maltrato y abuso de menores, abuso de infante y abuso y negligencia infantil.
Hay muchas formas de abuso y negligencia y en muchos países sus respectivos gobiernos han desarrollado legalmente su propia definición de lo que se considera maltrato infantil.


Efectos del maltrato infantil en el niño y su desarrollo
El Centro Nacional de Adopción en los Estados Unidos encontró que un 52% de los niños adoptables tenían síntomas de desorden de apego. Un estudio de Dante Cicchetti halló que un 80% de niños maltratados y abusados sexualmente exhibían la misma sintomatología. Los niños con historias de maltrato ya sea negligencia física o psicológica, maltrato físico y psicológico y abuso sexual están en riesgo de desarrollar problemas psiquiátricos graves.



Comprensión y prevención del maltrato y negligencia infantil

Circunstancias que colocan a las familias bajo estrés extraordinario, pobreza, divorcio, enfermedad, la falta de habilidades. Muchos de estos factores pueden contribuir a una tensión familiar que resulta en maltrato y negligencia infantil. Intentar comprender la raíz de las causas del maltrato y el abuso sexual ayuda a determinar los mejores métodos de prevención y tratamiento. Algunos padres no lastiman o descuidan a sus hijos intencionalmente. Muchos de ellos mismos fueron maltratados o descuidados. Los padres alcohólicos o drogadictos tienen mayor posibilidad de desarrollar abuso sexual o negligencia contra sus propios hijos.
Se entiende como maltrato infantil a aquellas acciones que van en contra de un adecuado desarrollo físico, cognitivo y emocional del niño, que provienen de personas, instituciones o la propia sociedad.
Según Barrios Franco, «se considera maltrato infantil, aquella violencia física y/o emocional generada por actos institucionales de acción u omisión por parte de aquellas personas encargadas del cuidado del niño y del adolescente»
Entre las consecuencias del maltrato (entre otras):




  • Baja autoestima.


  • Inseguridad.


  • Depresión.


  • Sentimiento de inferioridad e inadecuación.


  • Conducta agresiva, problemas de disciplina y comportamiento ilegal.

Las consecuencias antes mencionadas tienden a producir en la víctima trastornos que lo llevan a asumir conductas desviadas que afectan a la sociedad; por ello, es necesario corregir de raíz el problema, lo cual se logra penalizando legalmente al maltrato infantil. Este maltrato infantil incluye las siguientes causas:




  • El maltrato físico (donde se usa la fuerza de modo inapropiado y excesivo),


  • El abandono físico (insatisfacción de las necesidades físicas básicas del niño),


  • El maltrato emocional (conductas de los padres, madres o cuidadores que afectan el desarrollo psicológico del niño).


  • El abandono emocional (falta de recepción de afecto, apoyo y protección necesarios para la evolución y desarrollo óptimo del niño).


  • El abuso sexual (uso del niño como objeto de estimulación sexual).


Abuso sexual infantil
El abuso sexual infantil se refiere a todo acto sexual realizado por un adulto con un menor de edad, con o sin consentimiento del niño, de manera violenta, es decir, por medio de coerción física o psicológica o por medio de seduccion. El abuso infantil es un acto considerado criminal por la normativa internacional y de la mayoría de los países modernos, sin embargo no existe consenso sobre los procesamientos jurídicos de los victimarios, y existen diversas interpretaciones sobre el abuso infantil en ciertos estados que evitan un consenso universal.



Causas del abuso infantil
En el mundo contemporáneo el abuso infantil se encuentra presente tanto en países industrializados, en vías de desarrollo como países pobres. El hecho de que el abuso infantil es más reportado en los países industrializados, no significa que sea menor en los países en vías de desarrollo o del llamado Tercer Mundo. Si bien las estadísticas respecto a los países ricos son mayores, es debido a que la legislación nacional es mucho más elaborada y estricta y existe una mayor vigilancia sobre los Derechos del niño, lo que existe pobremente en los países menos desarrollados. Entre más pobre el país, menor es el control y la educación social y de la sexualidad del individuo. A ello se suman realidades actuales y patéticas como el tráfico infantil, la prostitución infantil y el turismo sexual.
Entre las principales causas se pueden mencionar:




  • Pobreza en la educación de la sexualidad de un conglomerado social.


  • Falta de atención a la integridad de la familia que se hace víctima de la violencia intrafamiliar, el abandono, la pobreza y otros.


  • La soledad infantil, producto directo de una crisis social generalizada, especialmente en Occidente.


  • Una pobre legislación nacional que garantice los derechos del niño y del adolescente.
    Conflictos armados que involucran a los niños directamente como víctimas y como victimarios.


  • Una falta de consenso internacional en cuanto a la materia del abuso sexual infantil o desconocimiento de las leyes internacionales y su aplicación en el plano nacional.


  • Un pobre reflejo del significado de los derechos del niño dentro de los medios de comunicación social, muchos de los cuales promueven consciente o inconscientemente una cultura del abuso sexual infantil por medio de mensajes irresponsables.


Consecuencias
El problema del abuso sexual no sólo afecta a la víctima, es decir, el niño, sino que tiene una red de repercusiones sociales que ponen en peligro el desarrollo social de un país y de la familia.



El niño
En primer lugar la víctima recibe efectos graves en su salud psicológica que le harán difícil un normal proceso de desarrollo psicosexual. Aunque cada persona tiene sus propias particularidades psicológicas y la salud mental reacciona de diferentes maneras, el niño sexualmente abusado requiere de un largo proceso de recuperación. A esto se debe agregar que los niños de sociedades pobres no tienen las mismas oportunidades de acceso a servicios de salud y terapias como los de sociedades de mejor nivel socio-económico. Por otra parte, se sabe que el porcentaje de casos de abuso sexual reportados es muy inferior a aquellos que permanecen sin denuncia, es decir, la mayoría de los niños abusados sexualmente en todo el planeta no reciben atención psicológica y sus victimarios no son procesados. En muchos de estos casos ni siquiera sus propios familiares se llegan a enterar de un acto similar, el niño vive con eso de por vida y con el tiempo ni siquiera sabe si este hecho realmente ocurrió o si solo fue una pesadilla que tuvo y lo recuerda constantemente. Cuando se llega a edad adulta ni siquiera se atreve a pedir ayuda para saber si en realidad ocurrió verdaderamente.



¿Dónde se abusa sexualmente de un niño y quién lo hace?
A simple vista puede parecer que el abuso sexual contra un niño o una niña sucede fuera del ámbito familiar, como la escuela o la calle. Pero según los estudios de Unicef en su documento Niños y violencia, al igual que la violencia ejercida contra los niños, la mayoría de los casos se presentan dentro del ámbito familiar y ello se da sea por los propios progenitores y por parientes cercanos. Otra revelación del estudio UNICEF es que en la mayor parte de los casos los victimarios de este mal son varones. El abuso infantil por parte de un familiar tiene el problema de una menor denuncia dada la autoridad «moral» que el pariente ejerce sobre el niño y los temores del niño a decir algo. Por otra parte, el abuso infantil hacia las niñas tiene mayor atención por parte del común, mientras que el abuso sexual hacia el varón es en cierta forma tolerado, como sucede en países como Pakistán.



Normativa

El desarrollo de una legislación internacional que garantice los derechos del niño y del adolescente sólo tendría un desarrollo hacia mediados del Siglo XX cuando en 1959 las Naciones Unidas firma la Declaración de los Derechos del Niño. Dicho documento permanece la piedra angular que abre la discusión al respecto en todo el mundo. Pero son muchas naciones que tienen bastante que hacer por determinar una legislación nacional acorde no sólo con el Derecho Internacional en lo que a la materia se refiere, sino con un interés real por la problemática que adquiere proporciones mundiales preocupantes. El abuso infantil es un verdadero negocio en la mano de redes del tráfico infantil en todo el mundo y que une de manera perfecta a los países ricos con los pobres: los abusadores de países industrializados, conocedores de las reglas de su propio país, entran en calidad de «turistas» a países pobres con legislaciones pobres y alta corrupción en búsqueda de menores de edad
La presión de muchas organizaciones no gubernamentales en todo el mundo que se preocupan del asunto, han creado verdaderas experiencias de consenso jurídico en algunos países. Un ejemplo algunos estados europeos firmaron un tratado en el cual un nacional de esos países puede ser procesado en Europa si comete un delito de abuso sexual en Camboya, como si lo hubiese cometido en su propio país: «Abuse un niño en este país, vaya a la cárcel en el suyo».

CASO MARILUZ

REPORTAJE: El crimen de la niña Mari Luz
La vida a oscuras de Santiago del Valle
El presunto asesino de Mari Luz eludió la cárcel pese a su carrera de abusos sexuales a menores
R. RINCÓN M. J. ALBERT - Sevilla / Huelva - 30/03/2008

Una de las primeras cosas que hizo Santiago del Valle cuando se mudó a finales de 2007 al piso de Huelva que había sido de sus padres fue empapelar las ventanas con plásticos azules y amarillos. El edificio está ubicado en la avenida principal del barrio de El Torrejón y no tiene ninguna otra construcción delante que le robe la luz. Al presunto asesino de Mari Luz le molestaba aquella claridad y, sobre todo, que su casa estuviera tan expuesta a la vista de los vecinos.



  • El presunto asesino de Mariluz justifica su "pedofilia recurrente" por la muerte de su hija.



La obsesión de Santiago por sellar las ventanas de su casa no es nueva. Al médico y la trabajadora social que acudieron al piso de Sevilla en el que abusó de su hija les llamó la atención lo mismo: "El piso se encontraba completamente a oscuras, con las persianas echadas y las ventanas cerradas. A pesar de ser las cinco de la tarde, se alumbran con luz eléctrica". El juez Rafael Tirado recordó esta descripción en su sentencia condenatoria contra Santiago y su mujer por los abusos a su hija. El matrimonio no quería que se supiera lo que pasaba dentro.
Pero a esta manía de Santiago su hermana Catalina añade otra explicación. Recuerda que la última vez que vio a su hermano, con el que se llevaba ocho años, fue el pasado 22 de diciembre. Él estaba asomado a uno de esos cristales tapados con plásticos y sobre los que a veces también colocaba una colcha. "Yo creo que la ponía para que no lo vieran mirar a las niñas", contó ayer Catalina del Valle a este periódico.
Las menores eran otra de las obsesiones de Santiago. Desde el año 2001, ha estado implicado en cinco causas por abusar sexualmente de niñas. Nunca pisó la cárcel por estos delitos.
Su hermana Catalina sufrió sus abusos durante años. "Santiago me toqueteaba, se masturbaba y ponía mi mano en su pene. Era por las noches cuando mis padres y mis hermanos estaban dormidos. Esperaba a que todos estuvieran dormidos y se ponía a mi lado y me
empezaba a toquetear hasta que me despertaba. Cuando me despertaba le decía que me dejara en paz y él me decía que me callara porque iba a despertar a todo el mundo. Tenía cinco años y jamás se lo dije a mi padre. A mi madre, años después, sí".
Los abusos, a los que a veces se sumaba Juan, otro de los hermanos Del Valle, ya fallecido, se prolongaron hasta que Catalina tuvo 11 o 12 años. "A él siempre le han gustado las niñas", asegura. "Les echa unas miradas clavadas". El historial delictivo de Del Valle evidencia que sentía especial atracción por las crías de corta edad. Cinco años tenía su hermana cuando empezó a abusar de ella. Los mismos que Mari Luz. Y los mismos que su hija en 1998, cuando la obligó por primera vez a masturbarle.
Como en el caso de Catalina, los abusos a la hija solían también ser de noche. Casi siempre en el dormitorio del matrimonio, al que Santiago obligaba a entrar a la niña. "Yo no quería ir, pero mi padre me decía que si no me iba a pegar", confesó la pequeña a una de las psicólogas que la examinó.
La terapeuta encontró en la niña claros rasgos depresivos y numerosos indicadores de desajustes emocionales: baja autoestima, sentimiento de culpa, tendencias autoinculpatorias, ansiedad, inseguridad, necesidades afectivas insatisfechas y ausencia de vínculos significativos. Los vecinos nunca habían detectado nada raro, más allá de que aquella cría nunca jugaba en la plaza con los demás niños porque sus padres no le dejaban.
La infancia de Santiago transcurrió en Huelva, donde nació en 1965. Eran nueve hermanos: tres chicas y seis chicos. Él era el cuarto, Catalina la séptima y Rosa, la benjamina. Rosa está ahora detenida por colaborar con Santiago en la desaparición del cadáver de Mari Luz.
Juan, el padre, se dedicaba a la venta ambulante. La madre, María, limpiaba en una oficina. A María se le vino el mundo encima cuando, muchos años después, vio por televisión que a Santiago le acusaban de abusar de su propia hija. "Aquello le afectó mucho a mi madre", recordaba ayer Catalina. "Dio un bajón muy grande y terminó ingresada en el hospital hecha un vegetal. Me imagino que, además de afectarle lo de la hija, se daría cuenta de que lo que yo le había contado era verdad".
Los únicos ingresos que percibía regularmente Santiago eran los de la pensión por invalidez que le concedieron cuando era muy joven. La Consejería de Asuntos Sociales andaluza le tiene reconocida una minusvalía del 75% y un diagnóstico de esquizofrenia. Pero su historial clínico no le sirvió de eximente en el juicio por abusar de su hija porque el juez consideró que actuó "conscientemente" y "sabía lo que hacía".
Santiago se marchó de Huelva poco después de conocer a su esposa, Isabel García. Se trasladaron a Cazalla de la Sierra, en Sevilla, de donde se marcharon poco después. Entre los antecedentes penales de Santiago hay un arresto por daños en esta localidad y Catalina del Valle asegura que al matrimonio "le echaron del pueblo".
A Catalina nunca le gustó su cuñada Isabel. "Es muy mala persona, no se podía tener una conversación con ella. Todo eran insultos y decir que nuestra familia era un desastre. Decía que estábamos muertos y pisoteados", cuenta Catalina. Entre los vecinos de El Torrejón, Isabel también tiene fama de "extraña" y recuerdan que a menudo lanzaba objetos desde la ventana a los jóvenes que se congregaban junto a su edificio. La esposa de Santiago asistió a muchas de aquellas escenas de abusos a los que su marido sometió a la hija. El juez concluyó que "nunca hizo nada" para impedirlo. Su cociente intelectual es de 47, lo que, según los expertos, equivale a un retraso mental de "moderado o leve". Los terapeutas que la trataron creen que sus limitaciones intelectuales la hacen "más vulnerable" a la influencia y manipulación por parte de su marido. A pesar de ello, el magistrado consideró que Isabel tenía "pleno conocimiento" de lo que Santiago le hacía a su hija y la condenó como autora por omisión de los abusos, aunque admitió su minusvalía como atenuante.
El mutismo de Isabel ante las truculentas perversiones de Santiago sorprende a muchos de los que han tratado al matrimonio. Su única deslealtad, no se sabe si voluntaria o no, la cometió en el interrogatorio policial al que fue sometida tras ser detenida en Cuenca el
pasado miércoles. La mujer contó que, el día que desapareció Mari Luz, su marido llegó a casa con la ropa manchada de barro. Este dato fue clave para que la policía acorralara a Santiago y él acabara confesando su implicación en la muerte de la niña.
Santiago e Isabel han vivido a caballo entre Huelva y Sevilla. Tras el conflicto en Cazalla de la Sierra, volvieron a la capital onubense y se alojaron en la casa de la madre de él en El Torrejón. Allí se quedaron hasta que la hija mayor del matrimonio murió atropellada por un camión. Con los 120.000 euros que cobraron de indemnización, se compraron un piso en las Tres Mil Viviendas de Sevilla, el barrio más desfavorecido de la capital. Lo vendieron poco después de que la Audiencia hiciera firme la sentencia por abusos sexuales a la hija del matrimonio.
Para escapar de Sevilla eligieron Gijón, donde vivía la adolescente de 13 años a la que Santiago había conocido a través de un anuncio en una revista y que había convertido en su nueva obsesión. Para acercarse a ella, se apuntó a clases de adultos en el instituto en el que estudiaba la joven, una práctica a la que también era asiduo el pederasta. Lo mismo hizo unos meses más tarde, cuando llegó a Sevilla después de que un juez asturiano le dictara una orden de alejamiento de la menor a la que acosaba.
En la capital andaluza, Santiago se matriculó en un instituto ubicado cerca de donde el matrimonio había instalado su chabola. El ahora detenido frecuentó el centro educativo sevillano hasta noviembre. Poco antes, Santiago había enviado una carta a la que fue la casa de sus padres en El Torrejón, donde ahora vivía su hermana Rosa. Había perdido el contacto con su familia hacía más de 15 años, al salir de Huelva después del atropello de su hija, pero, tras meses viviendo en la calle, buscó la ayuda de sus hermanos.
"Nos dijo que le habían pegado en la chabola, que le habían intentado meter fuego, que por ahí pasaban muchos drogadictos, que pasaban mucho frío", recuerda Catalina. Los hermanos se reunieron y decidieron permitir al matrimonio alojarse en la que había sido la vivienda familiar. Unas semanas después, Santiago ya había colmado dos de sus obsesiones: había tapado las ventanas y estaba matriculado en los cursos de adultos del colegio de Mari Luz. Una niña de cinco años.

sábado, 14 de marzo de 2009

PRISION Y DERECHOS HUMANOS




Mapa mundial que indica el número de presos por cada 100.000 ciudadanos.

Prisión y Derechos humanos:

Los derechos fundamentales del hombre son, tras la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789: la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia contra la opresión, el primero de estos derechos (por su misma naturaleza) queda suspendido durante el cumplimiento de una condena. Pero el segundo y el tercero (propiedad y seguridad) están garantizados por la ley. En teoría, el encarcelamiento de una persona debe impedir, únicamente, la libertad de la misma para moverse a su antojo. En la práctica, la prisión atenta contra numerosos derechos fundamentales (expresión, vida familiar, derechos cívicos, intimidad, dignidad). Paulatinamente los detenidos van adquiriendo el derecho a protestar contra las decisiones de la administración penitenciaria.

Las condenas de sustitución
Las condiciones de vida en las cárceles están muy lejos de ser ideales. La privación de libertad afecta, de manera indiscutible, a los prisioneros y, en algunos casos, la cárcel puede resultar incluso perniciosa para el deseo de reinserción de un prisionero. Debido a ello, la mayoría de las democracias contemplan la posibilidad de cambiar las penas de cárcel por penas sustitutivas como, por ejemplo:
·trabajos de interés general (llamados trabajos comunitarios)
·un brazalete electrónico de vigilancia, fijo o móvil
·una multa (que puede añadirse al encarcelamiento)
·permisos condicionales (trabajo, formación, con obligación de ir a dormir a la cárcel). El incumplimiento de alguna de ellas conlleva una revocación de estos permisos y una revisión de la condena.
·aplazamiento de la condena
·confiscación de los bienes que permitan el pago de la infracción cometida.


Críticas y oposición a las cárceles
Las cárceles son cuestionadas por diferentes razones. Es necesario, no obstante, el separar los diferentes movimientos contestarios:

Tanto por sus condiciones de vida excesivamente duras (incluso inhumanas en ocasiones), como por la falta de medios de las instituciones penitenciarias, tanto en lo que concierne al personal como al económico, las asociaciones, como el Observatorio internacional de las prisiones (OIP), u otras, luchan por la humanización de las condiciones de vida de los detenidos (Georg Kirchheimer y Georg Rusche, noción de less eligibility, en su obra Peine et structure sociale). Algunos universitarios (como Martine Hergoz-Evans o Eric Péchillon), trabajan para conseguir la aprobación de un derecho penitenciario que permita un control efectivo de las condiciones de vida de los presos así como un análisis sobre el sentido de las condenas. Debido a todo ello, las condiciones de vida en las cárceles se van mejorando, aunque todavía sean deficientes, y se sigue luchando por la normalización del sistema penitenciario, que se extiende a la esfera judicial.
Los críticos y los contrarios a las prisiones, aluden, con frecuencia, a una cita atribuida (generalmente) a Albert Camus: "Una sociedad se juzga por el estado de sus prisiones", o "El Derecho humano no debe acabar en la puerta de las cárceles".
Abolicionismo
Algunos movimientos, calificados de abolicionistas se oponen al propio concepto de la prisión.
El movimiento anarquista rechaza totalmente el sistema penitenciario como símbolo del poder y del Estado, así como un freno hacia la libertad absoluta de los individuos. Creen que la inmensa mayoría de los delitos son el producto de esta desigualitaria sociedad que conduce a que ciertas facciones de la sociedad, debido a sus circunstancias, se vean obligados a delinquir. Como dijo Ortega y Gasset: yo soy Yo y MIS CIRCUNSTANCIAS.
La lucha por la abolición de las cárceles fue, especialmente en Francia, realmente vigorosa a finales de los años 1970. Contó con el apoyo de los intelectuales (Michel Foucault, Pierre Vidal-Naques, etc.), del Grupo de información sobre las cárceles (GIP), del Comité de acción de los prisioneros (CAP) y de los prisioneros y ex-prisioneros.
Thierry Lévy y algunos otros, creen que las nuevas tecnologías biométricas permitirían prescindir de las cárceles y llevar un control real y punible sobre los condenados.


Reduccionismo
A diferencia de la corriente precedente, los reduccionistas no quieren suprimir las cárceles, sino reservarlas para las personas realmente peligrosas. Partiendo de la base de que la cárcel es la pena más cara (económicamente hablando) y la menos eficaz (la tasa de reincidencia es notoria) y que la misma no contribuye a la reinserción de la mayoría de los condenados, sino todo lo contrario, los reduccionistas proponen dar prioridad a las alternativas carcelarias (trabajos de interés social, educación socio-cultural, suspensión del carné de conducir, etcétera) aplicadas a la mayoría de los detenidos que sólo son condenados a pequeñas penas de prisión (8/12 meses). La cárcel pasaría a ser, en este caso, el último recurso.
Los motines
Actualmente las ideas abolicionistas están defendidas, sobre todo, por las revueltas de los prisioneros, los motines, y los escritos de reivindicación que se publican (Daniel Koehl "Révolte á perpétuité", acerca del motín de Saint Maur).


Después de este estudio sobre la cárcel , y del debate comentado acerca de si los objetivos de la cárcel se cumple o no , ¿habría otra opción , que no fueran las condenas sustitutivas? ¿ puede ser la cadena perpetua?

Cadena perpetua es una sentencia de prisión por un crimen grave, usualmente para el resto de la vida del criminal, sin embargo el periodo de tiempo varía dependiendo de las jurisdicciones: muchos países tienen un tiempo máximo de entre 7 a 50 años y/o por siempre, después del cual el reo debe ser excarcelado o puesto en libertad condicional. En la mayoría de jurisdicciones sin pena capital, la cadena perpetua (en especial sin posibilidad de libertad condicional) constituye el castigo más severo que puede recibir un criminal. Solo unas pocas jurisdicciones han abolido ambas.
En España la cadena perpetua no es contemplada en sus leyes penales. Sí lo fue anteriormente en tiempos del Franquismo.
Se establece el límite de 40 años como el máximo que una persona puede cumplir en prisión de forma continua, cuando sea condenado por dos o más delitos de terrorismo con pena de más de 20 años cada uno. Sin embargo las penas se pueden acumular dentro de prisión, llegando, en la práctica, a suponer una cadena perpetua. Manuel Pinteño Sánchez es la persona que más tiempo lleva en prisión en España, en total 32 años. No tiene ningún delito contra las personas


¿Quizas la pena de muerte?

La pena capital o pena de muerte consiste en la ejecución de un condenado por parte del Estado, como castigo por un delito establecido en la legislación; los delitos a los cuales se aplica esta sanción penal suelen denominarse crímenes o delitos capitales.
El uso de la ejecución formal como castigo se remonta prácticamente a los principios mismos de la historia escrita. Muchos registros históricos, así como prácticas tribales primitivas, indican que la pena de muerte ha sido parte de los sistemas judiciales desde el principio de la existencia de los mismos; los castigos comunitarios incluían generalmente compensación por parte del infractor, castigo corporal, repudio, exilio y ejecución. Sin embargo, en comunidades pequeñas los crímenes suelen ser raros, y el asesinato resulta ser casi siempre un crimen pasional. Por esa razón las ejecuciones y el exilio solían ser castigos muy infrecuentes. Usualmente se solía emplear la compensación o el repudio.
Sin embargo, estas no son respuestas eficaces cuando el crimen es cometido por individuos ajenos a la comunidad. En consecuencia, todo crimen, por pequeño que fuera, tendía a ser considerado como un ataque a toda la comunidad si era cometido por un extranjero, y era castigado con severidad. Los métodos variaban, desde palizas hasta esclavitud o ejecución. Sin embargo, la respuesta a crímenes cometidos por tribus o comunidades vecinas incluían disculpas formales, compensaciones o incluso vendettas.

Cuando no existe un sistema de arbitraje entre familias o tribus, o, existiendo, dicho sistema falla, se producen disputas familiares o vendettas. Esa forma primitiva de justicia era común antes de la aparición de los sistemas de arbitraje basados en Estados o en la religión organizada. Podía desembocarse en su uso por crímenes, disputas de tierra o la aplicación de códigos de honor: "Los actos de venganza resaltan la habilidad del colectivo social de defenderse a sí mismo, y demuestran a sus enemigos (así como a los aliados potenciales) que los daños a las propiedades, derechos o personas miembros de dicho colectivo no quedarán impunes.". Sin embargo, en la práctica suele ser difícil distinguir entre una guerra de venganza, pensada como castigo por una ofensa, y una de conquista.
Las formas más elaboradas de arbitraje de discusiones incluían condiciones y tratados de paz hechos con frecuencia dentro de un contexto religioso, con un mecanismo de compensación también de base religiosa. Se basaba la compensación en el principio de sustitución, que podía incluir compensaciones materiales (en ganado o esclavos), intercambio de novias o novios, o pago de la deuda de sangre. Las normas de cada tribu o sociedad podían permitir que se pagara la sangre humana derramada con sangre animal, que se compensara con dinero de sangre, o en algunos casos, exigir el pago mediante el ofrecimiento de un ser humano para su ejecución. La persona ofrecida no tenía porqué ser el perpetrador original del crimen, ya que el sistema se basaba en las tribus, no en los individuos. Las disputas de sangre podían ser resueltas en reuniones periódicas, como en los Things vikingos. A pesar de su origen primitivo, los sistemas basados en disputas de sangre pueden sobrevivir de forma paralela a otros sistemas legales más modernos, o ser incluso aceptados en juicios (p.ej. el caso de los juicios por combate). Una de las formas modernas más refinadas de la disputa de sangre es el duelo.
En ciertas partes del mundo emergieron naciones con la forma de repúblicas, monarquías u oligarquías tribales. Estas naciones solían unirse mediante lazos comunes lingüísticos, religiosos o familiares. La expansión de este tipo de naciones solía darse por conquista de tribus o naciones vecinas. En consecuencia, emergieron varias clases de realeza, nobleza, ciudadanía y esclavitud, por lo que los sistemas de arbitraje tribal tuvieron que modernizarse para formar un sistema de justicia.

que formalizara la relación entre las distintas "clases" dentro de la misma sociedad, en lugar de entre distintas "tribus" relativamente independientes. El primer y más famoso sistema de justicia conocido para este nuevo tipo de justicia es el Código de Hammurabi, que establecía penas y compensaciones de acuerdo con las distintas clases o grupos sociales de las víctimas y los infractores.
La Torá (ley judía), también conocida como el Pentateuco (el conjunto de los cinco primeros libros del Antiguo Testamento cristiano), establece la pena de muerte para el homicidio, el secuestro, la magia, la violación del Shabat, la blasfemia y una amplia gama de crímenes sexuales, aunque la evidencia sugiere que las ejecuciones en realidad eran raras. Tenemos otro ejemplo en la Antigua Grecia, en la que el sistema legal ateniense fue escrito por primera vez por Dracón hacia el 621 a. C.; en él, se aplicaba la pena de muerte como castigo por una lista bastante extensa de delitos (de ahí el uso moderno de draconiano para referirse a un conjunto de medidas especialmente duro). De forma similar, en la Europa medieval, antes del desarrollo de los modernos sistemas de prisiones, la pena de muerte se empleaba de forma generalizada. Por ejemplo, en los años 1700 en el Reino Unido había 222 crímenes castigados con la pena capital, incluyendo algunos como cortar un árbol o robar un animal. Sin embargo, casi invariablemente las sentencias de muerte por crímenes contra la propiedad eran conmutadas a penas de traslado a una colonia penal, o algún otro lugar donde el recluso debía trabajar en condiciones muy cercanas a la esclavitud

A pesar de lo extendido de su uso, no eran extrañas las proclamas a favor de su reforma. En el siglo XII, el académico sefardí Maimonides escribió:
Es mejor y más satisfactorio liberar a un millar de culpables que sentenciar a muerte a un solo inocente.

Maimonides argumentaba que ejecutar a un criminal basándose en cualquier cosa menos firme que una certeza absoluta llevaba a una pendiente resbaladiza de onus probandi decreciente, hasta que al final se estaría condenando a muerte "de acuerdo con el capricho del juez". Su preocupación era el mantenimiento del respeto popular por la ley, y bajo ese punto de vista, creía que eran mucho más dañinos los errores por comisión que los errores por omisión.
Los últimos siglos han sido testigos de la aparición de las modernas naciones-estado, que traen consigo el concepto fundamental e ineludible de ciudadano. Eso ha provocado que la justicia se asocie cada vez más con la igualdad y la universalidad (la justicia se aplica a todos por igual), lo que en Europa supuso la emergencia del concepto de derecho natural. Otro aspecto importante es la emergencia de las fuerzas de policía e instituciones penitenciarias permanentes. En este contexto, la pena de muerte se ha ido convirtiendo en un factor disuasorio cada vez menos necesario para la prevención de delitos menores como el robo. El siglo XX ha sido uno de los más sangrientos de la historia de la humanidad. Las guerras entre naciones-estado han supuesto la muerte de millones de personas, una gran parte de las cuales fallecieron a consecuencia de ejecuciones masivas, tanto de combatientes enemigos prisioneros como de civiles. Además, las organizaciones militares modernas han empleado la pena capital como médio para mantener la disciplina militar. En el pasado, la cobardía, la ausencia sin permiso, la deserción, la insubordinación y el pillaje eran crímenes que en tiempo de guerra solían castigarse con la muerte. El fusilamiento se convirtió en el principal método de ejecución en el ámbito militar desde la aparición de las armas de fuego. Así mismo, varios estados autoritarios - por ejemplo, varios con regímenes fascistas o comunistas - han usado la pena de muerte como un potente método de opresión política. En parte como reacción a este tipo de castigo excesivo, las organizaciones civiles han empezado durante este siglo a poner un énfasis creciente en el concepto de los derechos humanos y la abolición de la pena de muerte.
Desde finales del siglo XVIII existe en todo el mundo una tendencia a emplear formas de ejecución menos dolorosas, o más "humanitarias". En esas fechas, por ejemplo, en Francia apareció la Guillotina, mientras que el Reino Unido prohibió la pena de ahorcamiento con descuartizamiento a principios del siglo XIX. Tradicionalmente se practicaba el ahorcamiento dejando caer a la víctima desde una escalera, o subiéndola a algún tipo de plataforma que luego era retirada (como un taburete, una silla, o la parte trasera de un carro), lo cual provocaba una muerte lenta por asfixia; estos métodos fueron sustituidos por el actual, en el que la víctima cae una distancia mínima de un metro, lo que disloca el cuello, seccionando la médula espinal y causando la muerte casi en el acto.
En los Estados Unidos se introdujeron la silla eléctrica y la cámara de gas como métodos de ejecución más humanitarios que la horca, pero han sido casi totalmente desplazados en favor de la inyección letal, que a su vez ha sido criticada como demasiado dolorosa. A pesar de todo, algunos países aún emplean métodos de ahorcamiento "lento", decapitación por espada e incluso lapidación.
A partir de 1995 se empezó a sugerir en distintos medios el uso de la asfixia por nitrógeno como método de ejecución, pero al día de hoy no se emplea en ningún país.
Véase también: Castigo cruel e inusual
La pena de muerte en el mundo
Por lo menos desde la Segunda Guerra Mundial existe una tendencia clara a nivel mundial hacia la abolición de la pena de muerte. En 1977, 16 países eran abolicionistas de facto, cantidad que asciende en el 2007 a 128: 89 países han abolido la pena capital para todos los crímenes, 10 para todos excepto bajo circunstancias especiales (generalmente en estado de guerra), y otros 29 hace más de 10 años que no la aplican. 69 países aún contemplan la pena de muerte dentro de su legislación; varios de ellos permiten su aplicación a menores de 18 años (en el 2006 Irán ejecutó a 4 menores, y Pakistán a uno).
La República Popular China realizó más de 3.400 ejecuciones en el 2004, más del 90% del total mundial. Aunque en algunos casos se emplea un pelotón de ejecución, China ha decidido recientemente que todas las ejecuciones se realicen mediante inyección letal, generalmente efectuadas empleando furgonetas de ejecución de la marca Iveco. Iran realizó 159 ejecuciones en el 2004. En los Estados Unidos de América, Texas es el estado que más ejecuciones realiza, con 370 entre 1976 y 2006. Singapur es el país con más ejecuciones per capita del mundo, con 70 ahorcamientos para una población de cerca de 4 millones, y tiene, junto con Japón, la menor tasa de asesinatos.
En el año 2006, se realizaron ejecuciones en 25 países: Bahréin, Bangladesh, Botswana, China, Egipto, Guinea Ecuatorial, Indonesia, Irán, Iraq, Japón, Jordania, Corea del Norte, Kuwait, Malasia, Mongolia, Pakistán, Arabia Saudita, Singapur, Somalía, Sudán, Siria, Uganda, Estados Unidos, Vietnam y Yemen.
En ese mismo año, el 91% de las ejecuciones tuvieron lugar en tan solo seis países, listados de mayor a menor cantidad:

Cantidad de ejecuciones realizadas en el 2006
China (por lo menos 1.010)
Irán (177)
Pakistán (82)
Iraq (por lo menos 65)
Sudán (por lo menos 65)
Estados Unidos (53)
El uso de la pena de muerte está cada vez más restringido en los países retencionistas. Japón, Corea del Sur, Taiwán, Singapur y Estados Unidos son las únicas naciones completamente desarrolladas que mantienen la pena de muerte. Esta era mayoritariamente aplicada en países pobres y/o con gobiernos autoritarios, que la empleaban como herramienta de opresión política. Durante los años 1980, la democratización de América Latina supuso un gran incremento en la cantidad de países abolicionistas, seguida muy pronto por la caída del comunismo en Europa central y Europa del Este, cuyos integrantes inmediatamente aspiraron a integrarse en la Unión Europea. En estos países el apoyo popular a la pena de muerte varía, pero se mantiene en descenso. Tanto la Unión Europea como el Consejo de Europa exigen de forma estricta a los estados miembros que prohíban expresamente la pena de muerte, con excepción del Protocolo 6 de la Convención para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, que aún autoriza el uso de la pena capital dentro de la Unión para crímenes ocurridos en tiempos de guerra. Hay que notar que el único miembro que aún se acoge a esa excepción es Bielorrusia- esa es la razón de que dicho país esté aún excluido del Consejo de Europa. Por otro lado, la rápida industrialización en Asia ha incrementado la cantidad de estados desarrollados retencionistas . En dichos países, la pena de muerte cuenta con un amplio apoyo popular, y recibe poca o ninguna atención por parte del gobierno y los medios. Curiosamente, algunos países africanos y de Oriente Medio en los que el apoyo a la pena de muerte es bajo han seguido la misma tendencia de ignorar el tema.
Algunos países han reanudado la práctica de la pena capital tras haber suspendido las ejecuciones durante largos periodos. Los casos más notables son los de Estados Unidos, que suspendió las ejecuciones en 1973 pero volvió a iniciarlas en 1977; la India, donde no hubo ninguna ejecución entre 1995 y 2004; y Sri Lanka, que recientemente ha declarado el fin de su moratoria sobre la pena de muerte, pero que aún no ha realizado ninguna ejecución. En las Filipinas se reintrodujo la pena capital en 1993 tras su abolición en 1987, pero volvió a ser abolida en 2006.

OPINION PUBLICA.

Opinión pública
Ejecución mediante Garrote vil en Filipinas a principios del siglo XX
El nivel de apoyo a la pena de muerte varia mucho en cada país. En las democracias tanto abolicionistas como retencionistas, el punto de vista del gobierno suele tener un amplio apoyo popular y recibe poca atención de la clase política o los medios de comunicación. En algunos países abolicionistas, la mayoría de la población apoya o ha apoyado la pena de muerte, y la abolición fue adoptada a consecuencia de cambios políticos, como el paso de un régime autoritario a otro democrático. También influyó en los países del este de Europa el hecho de que la abolición se convirtiera en condición necesaria para poder integrarse en la Comunidad Europea. Estados Unidos es una notable excepción: algunos estados han prohibido la pena de muerte desde hace décadas (el primero en abolirla fue Míchigan en 1846), mientras otros aún la practican; la pena capital es hoy día un tema polémico de discusión en todo el país. Sin embargo, en otros países es raro que se prohíba la aplicación de la pena de muerte a consecuencia de una discusión pública activa de sus méritos y consecuencias.
En los países abolicionistas a veces se reactiva el debate sobre la pena de muerte como reacción por algún asesinato especialmente brutal, aunque pocos países la han readmitido después de abolirla. Sin embargo, incrementos súbitos en la cantidad de crímenes violentos, como asesinatos o ataques
terroristas, ha empujado a algunos países, como Sri Lanka o Jamaica, a poner fin a sus moratorias sobre la pena capital. En los países retencionistas, el debate sobre la conveniencia de la pena de muerte suele ser reactivado cada vez que sale a la luz un caso de error en su aplicación, aunque este tipo de hechos suelen promover modificaciones en el sistema legal para mejorar su aplicación, más que movimientos hacia la prohibición de su uso.
Una encuesta internacional del Grupo Gallup del año 2000 aseguraba que "El apoyo a la pena de muerte a nivel mundial se encuentra en un 52%". El desglose del porcentaje de apoyo y repudio a la pena de muerte por continentes es: a nivel mundial, 52%/39%, América del Norte 66%/27%, Asia 63%/21%, Europa Central y del Este 60%/29%, Africa 54%/43%, América Latina 37%/55%, Europa Occidental 34%/60%.
En Estados Unidos, las encuestas suelen mostrar un apoyo mayoritario a la pena capital. Una encuesta hecha por ABC News en julio del 2006 mostraba un apoyo de un 65% a favor de la pena de muerte, de forma consistente con otros resultados del año 2000. De acuerdo con otra encuesta del Grupo Gallup de mayo del 2006, la mitad del público norteamericano opina que la pena de muerte no se aplica con suficiente frecuencia, y el 60% considera que se aplica de forma justa. Sin embargo, las encuestas muestran también que el público está más dividido cuando se le pide elegir entre la pena capital y la cadena perpetua, o cuando deben opinar sobre delincuentes juveniles. Aproximadamente 6 de cada 10 norteamericanos opinan que la pena de muerte no tiene un efecto disuasorio en los casos de asesinato, y la mayoría opina que por lo menos un inocente ha sido ejecutado en los últimos cinco años.
Una encuesta reciente en la web de Al-Yazira concluye que el 52,7% de los encuestados estaba a favor de la prohibición de la pena de muerte, un 39,3% en contra de su prohibición, y un 8% se mostraba indeciso
Organizaciones internacionales
Algunas convenciones regionales prohíben el uso de la pena de muerte, siendo la más notable la Convención Europea de Derechos Humanos en sus protocolos sexto (abolición en tiempo de paz) y decimotercero (abolición en todas las circunstancias). Sin embargo, la mayoría de tratados internacionales deniegan categóricamente la prohibición de la pena capital en caso de crimen grave, como por ejemplo en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, aunque incluye protocolos opcionales que permiten su abolición.
Varias organizaciones internacionales han convertido la abolición de la pena de muerte en uno de sus requisitos de entrada, como por ejemplo la Unión Europea y el Consejo de Europa Ambas organizaciones están dispuestas a aceptar una moratoria como medida provisional. De esta forma Rusia, que permite la pena de muerte según su legislación, no ha hecho uso de la pena capital desde que entró a formar parte del Consejo. Otros estados, que han prohibido de iure la pena de muerte en tiempos de paz y de facto en toda circunstancia, aún no han ratificado el Protocolo nº 13, por lo que no tienen obligación internacional de evitar el uso de la pena de muerte en tiempo de guerra o en peligro de guerra inminente. Concretamente, Armenia, Francia, Italia, Letonia, Polonia y España, aunque tanto Italia como España sí han firmado el Segundo Protocolo Opcional del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos en ese sentido, y España, aunque la contempla en su Constitución, prohibió expresamente el 2006 el uso de la pena capital en tiempo de guerra. Albania es de momento el último país en ratificar el Protocolo nº 13, con fecha efectiva de 1 de junio de 2007.
Turquía, que en los últimos años está realizando gestiones para poder ingresar en la Unión Europea, ha llevado a cabo una reforma de su sistema legal. La última ejecución en Turquía tuvo lugar en 1984, momento a partir del cual existió una moratoria de facto sobre su aplicación. En agosto de 2002 se eliminó de la legislación turca la posibilidad de aplicar la pena de muerte en tiempo de paz,
y en mayo de 2004 se modificó la constitución para eliminar la pena capital en toda circunstancia. Turquía ratificó el Protocolo nº 13 de la Convención Europea de Derechos Humanos en febrero de 2006. Como resultado, en Europa no se aplica ni puede aplicarse en la práctica la pena de muerte: todos los estados excepto Rusia, que ha iniciado una moratoria al respecto, han ratificado el Sexto Protocolo de la Convención Europea de Derechos Humanos. La única excepción es Bielorrusia, que no es miembro del Consejo de Europa. La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa ha estado presionando a los estados observadores del Consejo de Europa que aún aplican la pena capital (Estados Unidos y Japón) para que prohíban su aplicación, o pierdan su situación de estado observador. Además de promover la abolición de la pena de muerte en sus estados miembros, la Unión Europea ha prohibido la extradición de criminales en casos en los que el país reclamante podía intentar aplicar la pena capital.
Entre las organizaciones no gubernamentales, Amnistía Internacional y Human Rights Watch se han posicionado explícitamente en la lucha contra la pena de muerte como objetivo fundacional básico.

PENA DE MUERTE JUVENIL:

Cada vez se aplica menos la pena de muerte a criminales adolescentes (es decir, que tenían menos de 18 años en el momento de cometer el crimen). Los únicos países que todavía permiten oficialmente esta práctica son Bangladesh, Irán, Iraq, Nigeria y Arabia Saudí. Nueve países han ejecutado a menores de edad desde 1990: China, República Democrática del Congo, Irán, Nigeria, Pakistán, Arabia Saudita, Sudán, Estados Unidos y Yemen. China, Pakistán, Estados Unidos y Yemen han incrementado la edad mínima para poder ser ejecutado por ley hasta los 18 años. Amnistía Internacional ha verificado 47 ejecuciones en diversos países de menores y adultos que fueron condenados por crímenes cometidos siendo menores de edad. China no permite la ejecución de menores de edad; sin embargo, según Amnistía Internacional, dichas ejecuciones han tenido lugar. La Corte Suprema de los Estados Unidos abolió el uso de la pena capital para criminales menores de 16 años en el caso Thompson v. Oklahoma (1988), y para todos los menores de edad en Roper v. Simmons (2005). Desde 1642, 364 menores de edad han sido ejecutados en el territorio correspondiente a los EEUU. De forma parecida, en el año 2002 la Corte Suprema de los EEUU declaró inconstitucional la ejecución de individuos con retraso mental
La Convención sobre los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas dispone que "No se impondrá la pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación por delitos cometidos por menores de 18 años de edad". Esta convención ha sido firmada y ratificada por todos los países del mundo excepto los Somalia y Estados Unidos de América. "En la actualidad, Somalia no puede avanzar hacia la ratificación debido a que carece de un gobierno reconocido. Al firmar la Convención, los Estados Unidos han indicado su intención de ratificarla, pero todavía no lo han hecho."
El subcomité de las Naciones Unidas para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos sostiene que la pena de muerte aplicada a menores de edad es contraria al Derecho internacional consuetudinario.